7 enero 2004

EL GOBIERNO SE COMPROMETE FINALMENTE A RESOLVER EL INDULTO DE TOMMOUHI LO ANTES POSIBLE


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INFORMACIÓN ADICIONAL:

Se cita a continuación el escrito de la Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes (Ministerio de la Presidencia) dirigido a la Excma. Sra. Presidenta del Congreso de los Diputados, con fecha de salida y de entrada del 7 de enero de 2004:

    
           Excma. Sra.:

           A los efectos del art. 190 del Reglamento del Congreso de los Diputados, se traslada respuesta del Gobierno respecto al asunto de referencia.

(184) PREGUNTA ESCRlTA CONGRESO

184/061708/0000          29/07/03         144197

AUTOR/A: PEDRET i GRENZNER, Jordi (GS)

ASUNTO: Razones que justifican la tardanza del indulto del Sr. Ahmed Tommouhi, así como previsiones para resolverlo.

RESPUESTA: 1.- El procedimiento para la resolución de un expediente de indulto, independientemente de que la solicitud provenga del Tribunal Sentenciador, el Ministerio Fiscal o un particular, se tramita en la forma establecida en la Ley de Ejercicio de la Gracia de Indulto, que dispone que se recabará informe del Tribunal Sentenciador, se oirá al Ministerio Fiscal y los afectados si los hubiere y se elevará para su resolución al Consejo de Ministros. En el caso de que se conceda el indulto, éste se publica en el Boletín Oficial del Estado y se comunica al Tribunal Sentenciador, y en el caso de su denegación, se comunica sólamente a este último.

       En este caso, en uno de los delitos respecto de los que se solicita el indulto, no se produjo la resolución del recurso de casación por el Tribunal Supremo hasta el 30 de junio de 2000, por lo que, hasta esa fecha, no era firme la sentencia, lo que impidió hasta ese momento la tramitación del expediente de indulto, puesto que es necesaria la firmeza de la resolución judicial para su tramitación.

       2.- El Consejo de Ministros, a quien compete su resolución, tiene previsto resolver este asunto en el plazo más breve posible, atendiendo a la dificultad del caso, ya que existen varios delitos cometidos por D. Ahmed Tommouch, todos ellos de suma gravedad, para los que está siendo tramitado expediente de indulto y requieren de un análisis y estudio detallado.

            Madrid, 30 de diciembre de 2003

            EL SECRETARIO DE ESTADO DE RELACIONES CON LAS CORTES

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