11 noviembre 2003
EL DEFENSOR DEL PUEBLO VUELVE A RECLAMAR UNA RESOLUCIÓN URGENTE DEL INDULTO DE AHMED TOMMOUHI
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INFORMACIÓN ADICIONAL:
En
la carta del Defensor del Pueblo donde se nos informa de dicha gestión
(comunicación con registro de salida del 11 de noviembre del 2003,
firmada por Dña. María Luisa Cava de Llano y Carrió, Adjunta Primera del Defensor del Pueblo), se indica lo siguiente:
De
conformidad con lo previsto en el artículo 18.1 de la Ley Orgánica
3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, se ha recibido el
preceptivo informe solicitado por esta Institución a la Secretaría de
Estado de Justicia, en el que se nos indica que la solicitud de indulto
sigue pendiente de resolución.
A la vista de los términos del
mismo, con esta misma fecha, se ha vuelto a solicitar un nuevo informe
complementario del anterior, en el que se indica a la Secretaría de
Estado de Justicia que "nos parece inadmisible
mantener en silencio
administrativo una petición de la trascendencia de un indulto durante
cuatro años, por lo que instamos una vez más a V.E. a que la decisión
que proceda sea adoptada lo antes posible por el Consejo de
Ministros".
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