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         Una situación recurrente

 

 

      La situación de indefensión de los sospechosos de violación en ciertos casos en los que la palabra de la víctima es la única prueba disponible es una situación que se repite con cierta asiduidad. En algunos de los casos, el sospechoso sería inocente y la identificación sería fruto del error (bien comprensible, por otra parte) de las sufridas víctimas o incluso de la mala fe, en aquellas ocasiones en que hay que hablar de falso testimonio.               

      Poco tiempo antes de la absolución de Mounib y Tommouhi por el caso en que unas pruebas de ADN les exculparon, fue absuelto sin cargos en Madrid un hombre que había permanecido encarcelado durante más de un año acusado por su hija de haberla violado en reiteradas ocasiones. La hija confesó al tribunal que había inventado la denuncia para alejar a su padre de casa y acabar así con las discusiones de sus progenitores y "como venganza" porque la "obligaba a hacer los deberes". También estaba reciente en la memoria el caso de un labrador coruñés de 54 años que había pasado casi cinco meses en prisión -pese a que la prueba del ADN garantizó su inocencia- acusado de violar a una disminuida psíquica de 14 años. 

      El acceso a las pruebas de ADN marcan un antes y un después en la manera en que se imparte justicia en muchos de estos casos, permitiendo tanto ratificar acusaciones sobre bases firmes como deshacer lamentables errores, según las ocasiones. En los últimos años, en Estados Unidos, decenas de acusados han sido puestos en libertad tras comprobarse su inocencia al cotejar su ADN (ver, por ejemplo, “
Estados Unidos y sus falsos culpables. Error casi mortal”, en Magazine nº 207 (14/9/2003) -dominical de EL MUNDO-, o  "Salvados por el ADN", en  El País Semanal (8/3/2009)).

      A continuación se reseñan algunos ejemplos ilustrativos conocidos últimamente. 



 

El “violador de Aluche”

 
[ Extractos del capítulo “El psicólogo forense experimental y el testigo honesto”, escrito por Margarita Diges (Universidad Autónoma de Madrid), del libro “Psicología Forense Experimental” (M. Diges / Mª L. Alonso-Quecuty) –Valencia, 1993– ]


       
El 5 de Diciembre de 1989, G.I.C., un joven de 16 años, fue detenido por la policía en Madrid, acusado de violación, cuando iba a recoger un formulario que había dejado una hora y media antes en casa de I.L.L., una estudiante de ingeniería de 24 años. La joven había sido violada en Mayo del mismo año (siete meses antes de este reconocimiento) y había presentado denuncia en la Comisaría de Policía, donde, además de pedirle la descripción física de su agresor, también le mostraron fotografías por si podía reconocerle. Aunque no identificó ninguna foto, sí señaló que una de ellas podría corresponder a alguien semejante a su agresor, aún cuando no podría decir que fuera el mismo. Su descripción del violador, por otra parte, contenía datos que podrían considerarse "promedio", esto es, estatura de 1.62, complexión normal, moreno y de pelo ondulado, así como una estimación de su edad entre los 20 y los 23 años.

        En su denuncia, I.L.L. manifestaba que apenas pudo ver la cara de su agresor pues era de noche y él se mantuvo constantemente a su espalda. En realidad, solo tuvo ocasión de verle la cara cuando al alejarse del lugar una farola le iluminó mientras se volvía. Sin embargo, la joven se vió sorprendida cuando, 7 meses después de la denuncia, un encuestador llamó a la puerta de su casa y ella creyó verse ante el mismo que la había violado. Sin apenas dar crédito a lo que veían sus ojos, consiguió demorar la entrega del cuestionario que tenía que rellenar, lo que le permitió avisar a la policía y que dos funcionarios se presentaran en su casa antes de que el encuestador volviera.

        También fue grande la sorpresa de G.I.C. cuando, al recoger el formulario se encontró detenido, e identificado "sin ningún género de dudas" como el violador de una desconocida al ser sometido a una rueda de reconocimiento unas horas después en la Comisaría.

        Días más tarde, y como consecuencia de una alerta dada a la policía por otra joven cuando le vió merodear en las cercanías de su casa, fue detenido M.A.G.B., cocinero de 24 años, acusado de ser "el violador de Aluche", al que la policía hacía responsable de algo más de una veintena de violaciones o intentos de violación en ese barrio a lo largo de los dos últimos años. En los días posteriores, este joven fue sometido .a varias diligencias de reconocimiento, formando parte de diferentes ruedas de identificación. Unas 25 mujeres, que habían presentado denuncias por agresiones sexuales en la zona en 1988 y 1989, examinaron esas ruedas y siete de ellas reconocieron "sin ningún género de dudas" a M.A.G.B. como su agresor. Entre estas siete mujeres estaba nuestra primera protagonista, I.L.L., que previamente había identificado al encuestador, y otras cuatro mujeres que habían señalado en ruedas anteriores a J.M.A.P., de 20 años, detenido en Septiembre del mismo año y acusado también de ser "el violador de Aluche".

        Este último, J.M.A.P., y el encuestador fueron puestos en libertad como consecuencia de las últimas identificaciones, y se determinó el procesamiento de M.A.G.B., acusado de todas las violaciones. La investigación policial se detiene aquí: el caso del violador de Aluche está resuelto.

 [...]

         Mi participación en el caso fue sugerida por un familiar del cocinero acusado, y aceptada por su abogado defensor, D. Antonio Lafuente, que merece una mención especial al confiar en un testimonio experto que suponía una novedad en nuestras salas de Justicia y, por tanto, un riesgo. El juicio oral y público, en el que estuvieron presentes el "encuestador" (llamado por la defensa como testigo) y el "cocinero" como acusado, se celebró el día 14 de Febrero de 1991, ante la Sección V de la Audiencia Provincial de Madrid. La sentencia se hizo pública varios días después y tuvo en cuenta, entre otras consideraciones, las dificultades de una identificación en las circunstancias de este caso, dificultades que impedían que esta prueba por sí sola pudiera llevar al Tribunal a un juicio de certeza sobre la culpabilidad del acusado. La sentencia señalaba que no podía considerarse destruida la presunción de inocencia que amparaba al acusado y, por tanto, le absolvía del delito por el que comparecía.

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[ EL PAÍS, 15/11/1991 ]

 El presunto violador de Aluche niega haber abusado de 20 mujeres

 El forense lo tacha de pervertido sexual 

 JOSÉ A. HERNÁNDEZ, - Madrid 

 Miguel Ángel García Bardera, el joven de 23 años que supuestamente hizo cundir el pánico entre las mujeres del barrio de Aluche, negó ayer, ante el tribunal que lo juzga, ser el autor de los alrededor de 20 delitos sexuales cometidos en las zonas de la Puerta del Ángel, El Batán y Aluche en los años 1988 y 1989. 

El forense reveló al tribunal que García Bardera es un auténtico "pervertido sexual" al que gusta utilizar la violencia en sus relaciones sexuales. El acusado declaró a la policía, tras ser detenido en diciembre de 1989, haber abusado de una veintena de mujeres; sin embargo, ayer se retractó y negó, una por una, las seis violaciones que el fiscal le achaca. No obstante, admitió que alguna vez tuvo intención de violar a alguien, pero que nunca recurrió a la violencia. García Bardera señaló que su confesión en la comisaría de Los Cármenes la hizo "coaccionado" por los agentes. "Cada vez que veo en la tele una escena de violación no lo puedo soportar y tengo que apartar la cara", confesó ayer en los pasillos una de las víctimas. "Me puso un estilete en el cuello y me llevó a un parque, donde me violó, ya de madrugada". "A mí no llegó a violarme, pero lo intentó: al ver que venía hacia nosotros un hombre, sintió miedo, supongo, y salió corriendo", declaró otra de las víctimas.El presunto violador de Aluche compareció ayer ante el tribunal de la Sección 13 de la Audiencia de Madrid. El juicio se reanudará hoy, cuando está previsto que testifiquen, a puerta cerrada, cuatro de las seis mujeres que han reconocido a Miguel Angel García como autor de sus violaciones.

El fiscal le pide 93 años y 4 meses de cárcel como autor, a su juicio, de seis delitos de violación, dos de ellos en grado de tentativa.

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[ EL PAÍS, 22/11/1991 ]

 
El 'violador de Aluche', condenado a 16 años

 J. A. H. - Madrid - 22/11/1991 

 La Sección 15ª de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a 16 años de cárcel al violador de Aluche, Miguel Ángel García Barberá, por uno de los seis delitos de violación, dos de ellos en grado de tentativa, que le imputaba el fiscal. El tribunal declara probado que García Barberá, de 23 años, sólo violó y robó a una mujer de 40 años -que responde a las iniciales de A. S. P-, acción por la que le condena a un total de 16 años de cárcel.Los defectos formales cometidos en las sucesivas ruedas de reconocimento y las dudas expresadas por varias de las víctimas a la hora de identificar al violador, tal como alegó el abogado defensor, han sido determinantes para que el tribunal sólo le atribuya uno de los delitos y lo exonere de las cinco restantes.

Los magistrados entienden que, salvo en un caso, "no existen pruebas concluyentes" como para inculparle de las otras violaciones, ya que, matiza, cuatro de las seis víctimas indentificaron inicialmente a una persona distinta de la juzgada.

El fiscal sostuvo en el juicio que el acusado, para quien reclamó un total de 93 años y 4 meses de cárcel, había cometido seis delitos de violación entre los años 1988 y 1989 en los barrios de Aluche, Batán y Puerta del Ángel.

Durante ambos años, la policía recibió 24 denuncias de supuestas violaciones ocurridas en esas zonas, de las que 16 fueron archivadas. La policía del barrio de Los Cármenes confeccionó un retrato-robot con los rasgos físicos del violador.

 
"Lo vi muy clarito"

 A juicio del tribunal, el único delito que cometió el acusado se produjo en la madrugada del 4 de febrero de 1988, en la calle de Seseña, cuando abordó por el cuello, con un objeto cortante, a A. S. P. y le robó 10,000 pesetas tras consumar la violación en un portal.La Sección 15ª de la Audiencia considera prueba suficiente la inequívoca identificación que realizó la víctima A. S. P. en comisaría sobre su violador. Ésta aseguró que durante la violación, que se prolongó durante una hora, habló con García Barberá y lo vio "muy clarito", dijo al tribunal, en el juicio.

Aunque en el juzgado expresó sus dudas, A. S. P explicó que fue porque durante la rueda de reconocimiento el procesado llevaba barba y pelo largo, por lo que pidió que le enseñaran fotos del mismo sin barba y no dudó cuando tuvo delante la de García Bardera.

El informe del médico forense subrayó la "inmadurez psicosexual" de García Bardera que, aunque no padece de ninguna enfermedad mental, es un perturbado sexual "que busca la satisfacción sexual por medio de la violencia".




Sobre el “violador del tenedor”

El juez Manuel Caballero Bonald evocaba en una entrevista publicada en MALAGA HOY 22/6/2008, "El abuso sexual a una niña no puede tener la pena del fraude a Hacienda"– un caso de 1991 en el que el error se deshizo antes del juicio:


[...]

-Después de 20 años ¿Hay alguna resolución judicial que le haya marcado especialmente?

-Cada vez que pongo una resolución que suponga la privación de libertad de una persona, me repercute. Pero recuerdo con malestar algún error judicial que también he cometido. A principios de los 90 tuve tres meses a una persona en prisión provisional y luego resultó que era inocente. Fue en Móstoles. Era una persona sospechosa de ser un violador en cadena y lo conocían como el violador del tenedor. Hubo dos víctimas que lo reconocieron: un hombre de color con una cicatriz en el cuello muy significativa y lo mandé a prisión provisional. Luego se descubrió al verdadero autor porque pese a que ya había un sospechoso en prisión no pudo aguantarse y volvió a cometer una violación con un tenedor. Lo pillaron in fraganti. Resulta que también era una persona de color con una cicatriz en el cuello. No, es algo que no se puede olvidar.

-¿Es preferible un inocente en la cárcel o un culpable libre?

-Ante la duda, hay que adoptar la decisión de libertad. Pero yo en este caso tenía muy pocas dudas. Luego se le pagó una indemnización y le pedí disculpas.


[...]




[ Referencias:
¿Cómo puede defenderse la víctima de un error de la Justicia?
Tres caras para un violador
La pesadilla de un inocente tras las rejas
La pesadilla de un estudiante que estuvo preso por un error ]


“Tres caras para un violador”

[ Resumen ]

En julio del 2001, terminó el calvario particular de
Ricardo Nievas, un joven argentino que ya llevaba un año y siete meses detenido en la Unidad Uno del penal de Olmos y estaba a punto de ser juzgado por cargos de robo calificado, violación y privación ilegal de la libertad, lo que le habría supuesto una pena superior a los 15 años de prisión. Una pericia de ADN descubrió quién era el verdadero culpable, un tal Fabián Salas, con quien tenía un gran parecido físico.
Los ataques sexuales que le imputaron a Nievas tuvieron lugar en La Plata (Buenos Aires) el 16 de septiembre de 1999. Cuatro días después, la casualidad quiso que se cruzara por la calle con la víctima, que iba acompañada de su madre. Al verlo, la chica creyó reconocerle, llena de espanto. Nueve días más tarde, la policía lo detuvo en su lugar de trabajo.
"Me querían hacer firmar a toda costa. Me sometieron a una rueda de reconocimiento, donde no había ninguno que se pareciera a mí. Me pasearon adelante de la damnificada. Le dijeron que era yo al que habían detenido por su causa. Ella me reconoció. Y para mí fue muy duro....no tenía palabras", comentaría el detenido posteriormente.
Lo cierto es que otros testigos del caso también le reconocieron.
Inicialmente no fue posible proceder a cotejar los restos de semen, por ser insuficientes. Por fortuna, meses más tarde, cuando la Asesoría Pericial de Tribunales fue dotada con un nuevo equipamiento, pudieron llevarse a cabo las pruebas que llevarían a su absolución.
Se daba la curiosa circunstancia de que otros dos salvajes ataques sexuales llevados a cabo previamente por el auténtico culpable ya habían llevado a la cárcel a otro inocente, que también se le parecía físicamente. Ocho meses de detención y más de un año de arresto domiciliario había pasado
Silvio Herrera, un joven estudiante de General Alvear, cuando una prueba de ADN vino a demostrar su inocencia. Los testigos le habían confundido con Salas. 




[ LA VANGUARDIA, 29/9/2001 ]

El violador era su doble

Un inocente de robo con violación recibe 10.000 pesetas por día de cárcel

---Ya en la cárcel, Miguel H. supo por otro preso que en Rubí había otra persona que era idéntica a él---
---El caso ha cambiado la vida de un inocente: perdió su trabajo, se separó y en el barrio quedó marcado---


E. MARTÍN DE POZUELO / SANTIAGO TARÍN

BARCELONA. – Pasar veintisiete días en prisión acusado de un robo con intento de violación que no cometió, suceso que trastornó su vida, sólo vale 270.000 pesetas. Así se lo ha comunicado el Ministerio de Justicia a
Miguel H., que fue detenido y fue a dar con sus huesos a la prisión por una agresión sexual cometida por una persona que, físicamente, era su doble.
La rocambolesca historia de Miguel H. parece copiada de la película de Hitchcock ”Falso culpable”, donde Henry Fonda es acusado de un delito cometido por otra persona con la que guarda gran parecido físico. Por suerte, Miguel H. demostró que en el momento de producirse el hecho tenía el brazo enyesado -y el verdadero autor, no- y, lo más importante, la prueba del ADN jugó a su favor, probando su inocencia.
La cadena de acontecimientos fue así. En la madrugada del 12 al 13 de abril de 1998, un joven moreno, bajo y robusto detuvo su ciclomotor en una gasolinera sita en las afueras de Terrassa, se tomó un café y conversó un rato con la empleada, contándole que trabajaba en una pastelería de Rubí.
Justo una semana después, también en la madrugada del sábado al domingo, el mismo hombre volvió a detenerse en esa estación de servicio. La empleada era otra y notó algo raro. El visitante empuñó un destornillador, arrebató el dinero de la caja y empujó a la chica hasta un cuarto, donde intentó violarla. Todo fue muy rápido, apenas duró un cuarto de hora.
Los únicos indicios para localizarle eran los datos de la conversación con una empleada, restos de semen y 12 fotogramas de la cámara de seguridad. Con esas fotos, la policía recorrió la comarca y la empleada de una pastelería dijo que se parecía a un chico de Terrassa que, además, tenía un ciclomotor. Así se llegó hasta Miguel, que fue detenido el 21 de abril y sometido a ruedas de reconocimiento, donde las dos chicas de la estación de servicio le señalaron.
Pero él insistía en su inocencia. Su coartada era que el 18 de abriI vio el partido de fútbol entre el Barcelona y el Zaragoza, y como los azulgrana ganaron el título de Liga se fue a celebrarlo con el jefe de su esposa. En el grupo había otro amigo, pero como era del Madrid se fue a dormir. No regresó a su casa hasta pasadas las seis de la mañana. El 23 de abril, el juez decretó su ingreso en prisión por robo con intento de violación y agresión sexual.
Ya en la Modelo se dio cuenta de lo que podía ocurrir: en la cárcel se le acercó un tipo y le dijo: ”Eres igual que uno de Rubí”. Entonces se percató de que tenía un doble que, además, era un violador en potencia. El abogado de Miguel H., Jorge Gilabert, del bufete Carreras Llansana, pidió nuevas pruebas y aportó un certificado médico en el que se detallaba que, el día del asalto, Miguel tenía el brazo derecho enyesado, mientras que la cámara de seguridad de la gasolinera mostraba claramente cómo el malhechor no portaba vendajes. Al final, la prueba del ADN dejó claro que no había sido él y quedó libre el 16 de mayo. Su abogado pidió una indemnización de 30 millones de pesetas por los daños causados, así como reparaciones para su familia. Su vida se ha visto trágicamente alterada desde entonces: perdió su trabajo, no podía vivir en su barrio porque le señalaban como violador, su matrimonio se ha roto y aún está en tratamiento psicológico. Esta semana, Miguel ha recibido respuesta a su queja. El Ministerio de Justicia le ha comunicado que, tras estudiar su caso y pedir un dictamen al Consejo de Estado, la confusión que ha trasformado su existencia vale 10.000 pesetas por día pasado injustamente en prisión; es decir, que le van a dar 270.000 pesetas de indemnización.
Su letrado ha manifestado a ”La Vanguardia” que no está de acuerdo con esta resolución y que piensa recurrirla, porque tan magra cantidad por un equívoco que casi destruye una vida no es justa.




[ LA CAPITAL (Rosario, Rep. Argentina), 15/4/2004 ]


Declaran inocente a un obrero que pasó 19 meses preso por violación

Dos chicas lo señalaron como su agresor al verlo en un hospital. Pero el día del delito él festejaba su cumpleañoscon su familia. Pidió y no obtuvo prueba de ADN. Perdió 35 kilos y su empleo. Su esposa tuvo que salir a trabajar

María Laura Cicerchia / La Capital

"Por fin se terminó esta pesadilla". Abrazado a sus hijas después de pasar 19 meses en prisión por un delito del que fue absuelto de culpa y cargo,
José Nasello intenta hacer de cuenta que la vida empieza otra vez. "Borrón y cuenta nueva", dice. Pero el sufrimiento que soportaron él y su familia está demasiado fresco. Todavía no sabe si lo reincorporarán a su puesto como operario, sus hijas de 5 y 7 años están bajo tratamiento psicológico y su mujer tuvo que salir a trabajar para suplantar la ausencia de su marido. Con 35 kilos menos, José sufre las secuelas psicológicas de haber estado casi dos años preso por una violación que, según un juez de Sentencia, no fue cometida por él. "Las víctimas se confundieron de persona, supongo que debo ser parecido al hombre que las atacó. Siempre pensé que mi libertad iba a llegar de un día para otro, pero la Justicia es demasiado lenta", es el único reproche que expresa al Poder Judicial.

Este obrero metalúrgico de 34 años fue el 16 de septiembre de 2002 a sacar un turno para sus hijas al Hospital Carrasco. Un hecho fortuito hizo que allí se encontraran dos chicas que lo señalaron ante la policía como quien había abusado de ellas en un pasillo de 9 de Julio al 5100. Una dotación policial lo llevó preso sin demasiadas explicaciones. "Aquellas chicas te están acusando de violación", le dijo el policía que lo tomó del brazo. "Estas pibas se confundieron de persona", cuenta José que les respondió.

En el acto el obrero quedó detenido por el abuso que habían sufrido dos hermanas de 21 y 23 años y una amiga de 23 el 7 de julio de ese año a la madrugada, cuando un hombre corpulento intentó asaltarlas a punta de pistola, las obligó a introducirse en el pasillo y les exigió a dos de ellas que le practicaran sexo oral, mientras que la tercera fue violada en forma anal.

Con estupor, sin rencor

Al quedar detenido, tanto José como su señora, Marcela Besserini, pensaron que recobraría la libertad enseguida. "Pero pasaban los días, los meses. Pasó más de un año y yo sin comerla ni beberla seguía preso por un delito gravísimo. Nunca había estado en prisión antes. Al principio tenía pesadillas de verdad. Pensaba que lo que estaba sucediendo no era real. Hasta que me cayó la ficha", rememora.

José habla pausado y no muestra rencor por lo que le pasó. Fue él mismo quien le pidió al juez de Instrucción Osvaldo Barbero que le practicaran un careo con sus acusadoras o un análisis de ADN para acreditar su inocencia. En lugar de ello, José fue citado a una rueda de reconocimiento con las tres jóvenes que habían sido víctimas del abuso. "El se prestó pensando que las chicas se iban a dar cuenta del error. Pero era obvio que esa prueba era ilegal. Las víctimas lo habían visto en el Carrasco, en la comisaría 14ª, cuando estuvo detenido en la 6ª...", cuestionó Marcela.

En esa rueda dos de las jóvenes lo señalaron (una de ellas con dudas). La tercera -la única que al realizar la denuncia dijo estar en condiciones de reconocer al abusador- no lo sindicó. Con esa única prueba, Nasello fue procesado como autor de tentativa de robo, privación ilegítima de la libertad y abuso sexual con acceso carnal calificado por el uso de arma.

Al llegar la causa al juzgado de sentencia, fue él quien solicitó la mayoría de las pruebas a través de su abogado, Rubén Tornambé. "Se demostró que la cartuchera del arma que el abusador había olvidado en el lugar no tenía las huellas digitales de él. Y que a Nasello nadie lo oyó levantarse de la cama esa noche. Pedimos una prueba de ADN, pero no se pudo hacer por falta de material genético", reveló el abogado.

"Queríamos el ADN porque si había restos genéticos yo me hacía la prueba de inmediato. Y resulta que estuvieron cinco meses para peritar una bombacha", narra José, quien por el momento no evalúa iniciar un reclamo por daños y perjuicios.

Antes de que el juez Casas dictara la absolución, Nasello pasó por las comisarías 6ª, 14ª y sub 18ª. Estuvo 9 meses alojado en la alcaidía de la ex Jefatura y 120 días en la Unidad Penitenciaria Nº 3, en el pabellón destinado a acusados de delitos sexuales.

"Sinceramente, tengo que agradecer que nunca me pasó nada estando en la cárcel", refiere José acerca de los días de encierro. Sus 27 compañeros de calabozo realizaban manualidades. El mataba el tiempo limpiando la celda como "carcelero", un trabajo por el que recibía una retribución mínima. No era creyente, pero encontró en la religión una vía de escape gracias a las visitas de un pastor. "Yo llevaba mi carga de estar encerrado. Pero además mi familia pasaba terribles necesidades", reveló.

La vida trastocada

Su mujer salió a trabajar para solventar la economía familiar, comprarles a sus hijas los útiles escolares, contratar abogados y cubrir los gastos de José en prisión. "Trabajé limpiando casas, a la noche en una rotisería y envasando cucharitas para helados". A eso se sumaron las enfermedades que padeció la mujer por estrés. Sus hijas tuvieron que iniciar un tratamiento psicológico al enterarse, luego de tres meses sin ver a su padre, que estaba preso por violación. "Las nenas estaban rebeldes. Se peleaban todo el tiempo. Se tiraban al piso llorando abrazadas a la foto de su papá", recuerda Marcela.

Los días de visita dejaron una marca imborrable en Marcela: "¿Sabés lo que es soportar una requisa? Es terrible para una persona grande, imaginate para las nenas que se tenían que desnudar frente a desconocidos. Después no querían ir al pediatra".

Durante todo este tiempo en el que José se perdió cumpleaños, fiestas y el primer día de clases de su hija mayor, Marcela apoyó incondicionalmente a su marido: revisó hoja por hoja el expediente judicial, hizo innumerables gestiones en Tribunales y en abril de 2003 proclamó en este diario la inocencia de su marido, de la que siempre estuvo convencida: la noche de la violación estaban juntos, festejando el cumpleaños de él en su casa.

Recuerda el reencuentro con sus hijas en su casa, al recuperar la libertad el martes a la tarde. Sólo entonces José rompe a llorar. Todavía no sabe que hacer con su tiempo. Tiene la esperanza de que vuelvan a tomarlo en la empresa para la que trabajó durante más de diez años y volver a su vida normal: "Ir a trabajar, hacer algunas compras en el súper, estar con mi mujer y con mis hijas". Como resultado del tiempo en prisión y la forma inesperada en la que fue arrestado, ahora tiene miedo de salir solo a la calle, de cruzarse con un patrullero, de que un desconocido le toque el hombro.

"No guardo odio ni rencor contra estas pibas, pero se confundieron de persona. Ruego a Dios que no le pase a nadie esto. Porque lamentablemente, le puede pasar a cualquiera", expresa mientras le hace upa a la menor de sus hijas y le promete en voz alta que ahora nadie más los va a separar.





[ Divulgado porDerf - Agencia de Noticias de Santa Fe"; (Rep. Argentina), 8/2/2005 ]


Pasó 14 meses preso por violador serial y era inocente

La Justicia le ofrece una indemnización de 76, 500 pesos: Leandro Riboldi había sido condenado a 7 años, hasta que la Policía encontró al culpable.


Leandro Riboldi estuvo 14 meses y 13 días encarcelado y acusado como “el violador del Centro”, tras un fallo judicial que lo condenó a 7 años de prisión efectiva por el supuesto delito de abuso sexual y violación.

Sin embargo, la Policía descubrió que el joven estudiante de Ciencias Económicas nada tuvo que ver con los 16 casos que asolaron a la ciudad de Rosario en 1998 cuando se denunciaron los ataques sobre chicas universitarias.

La Justicia ordenó a la provincia de Santa Fe que le pague una indemnización de $76.000 a Riboldi por los daños ocasionados por su encarcelamiento injusto durante más de un año.

Un sector de Rosario fue escenario de violaciones a estudiantes universitarias. El agresor entraba a sus departamentos, o las engañaba pidiéndoles papel y lápiz para dejar notas en viviendas vecinas. Antes de violarlas, se cubría la cara con una remera y después robaba objetos de poco valor


El tribunal que condenó a Riboldi se basó en la denuncia del padre de una ex novia del joven que vio el identikit y lo encontró muy parecido. Las pruebas no eran conluyentes a pesar de que el acusado clamaba por su inocencia. La fiscal pidió 12 años, y la sentencia se fijó en siete.

Más de un año después de estar en prisión, la policía encontró a un joven que atacó sexualmente a una joven con la modalidad anterior, y éste confesó toda la verdad, admitiendo que el convicto no era el culpable de los delitos que se le atribuían.

A sólo 15 días de que se le fijara una sentencia en firme en 1999, la policía apresó a
Néstor Omar Fica cuando intentaba ingresar a un departamento para atacar a una mujer.

El joven confesó que era el autor de todas las violaciones anteriores y agregó: "Tengo un gran sentimiento de culpa porque está presa una persona inocente por cosas que yo hice".

Hoy, la Justicia estableció en $76.000 el monto de indemnización para Riboldi, aunque éste apelará esa decisión por considerarla insuficiente. El estado provincial también puede apelar el fallo condenatorio al que debe atenerse.


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Otras referencias:

Riboldi fue liberado. Dijo que le agradecía a Fica «por hacerse responsable de las cosas que hizo». Y agregó: «Creo que lo hizo sin estar consciente de lo que le espera. Yo sé lo que tiene que pasar porque yo ya lo pasé y no se lo deseo a nadie».
      [ diario EL SOL digital (Concordia), 9/2/2005
]


Irremediable. Leandro Riboldi quedó devastado también económicamente. Por el juicio su padre tuvo que vender su única propiedad.

      [ DIARIO DE CUYO (San Juan, República Argentina), 9/2/2005 ]





[ CLARÍN (Buenos Aires), 7/3/2005 ]



LO SOBRESEYERON POR UNA PRUEBA DE ADN

Estuvo diez meses preso por una violación y era inocente

Lo involucraron en el manoseo de una chica. Y cuando fue a la comisaría para aclarar su situación, lo detuvieron por su parecido con el identikit de un acusado de otra violación. Aún no pudo recuperarse.


Martín Sassone 
La vida de
Ariel Encina cambió inesperadamente el 12 de junio de 2003. Aquel día salió de la casa de su mamá, en Villa Madero, y cuando volvía hacia la suya un vecino lo increpó. "¿Vos la manoseaste a mi hija?", le preguntó. Ariel, desconcertado, lo negó. Mientras, la adolescente dudaba y se escondía detrás de su padre. "¿Fue él? Respondéme... ¿Fue él?", le gritaba el hombre a su hija. Ella finalmente dijo: "Creo que sí."

Lo que siguió fue una pesadilla que dura hasta hoy: Ariel fue detenido, acusado de "robo, violación y abuso deshonesto", estuvo preso casi diez meses en una comisaría de La Matanza y otro buen tiempo con libertad vigilada, perdió su trabajo y no consigue otro. "Lo único bueno que me sucedió fue que la Justicia me sobreseyó gracias a una prueba concluyente que fue el resultado de ADN, aunque tuve que esperar demasiado", contó a Clarín.

Ahora, sus abogados demandarán al Estado provincial.

Ariel Luis Encina (30) vive en Villa Celina. Hace unos años se casó con Leticia y es padre de tres hijos de 10, 8 y 6 años. Es evangelista y miembro de la Iglesia La Esperanza. Según contó, trabajó desde los 12 años y su última ocupación fue como repositor en un hipermercado de Liniers, con el que está en juicio porque desde que recuperó la libertad no fue reincorporado.

Aquel 12 de junio el mundo se le vino encima. Luego de la acusación sufrió una paliza por parte del padre de la chica. "Me acusó de haber manoseado a la hija y después me pegó. Como yo quería dejar las cosas claras fui a la comisaría de Villa Madero para denunciar que me estaban acusando falsamente", dijo.

Pero las cosas allí no mejoraron. El policía que lo atendió lo hizo esperar y cuando regresó lo detuvo por una denuncia de una mujer de 25 años que había sido violada un mes antes —el 16 de mayo— a una cuadra de donde la adolescente decía haber sido abusada. Y el identikit del violador se parecía a él. "Me arrestaron enseguida y lo más curioso es que yo había ayudado a pegar esos identikits en la calle", explicó.

En esa seccional estuvo unas horas y lo llevaron a la comisaría de Don Bosco, también en La Matanza, donde alojan a presos por delitos sexuales. Estuvo allí hasta el 31 de marzo de 2004.

"Viví meses muy duros, alejado de mi familia y acusado injustamente por delitos tan horribles. El calabozo en el que estuve todo ese tiempo era pequeño y siempre conviví con presos por delitos sexuales, pero por suerte nunca sufrí un ataque", relató.

El día más difícil de todos, según contó, fue el 24 de diciembre de 2003, el día de su cumpleaños. "Fue la peor Nochebuena y cumpleaños de mi vida. Mi esposa me fue a llevar comida ese día y escuché cómo lloraba mi nena. Eso me mató", detalló.

Los días encerrado eran muy largos y sus actividades principales eran "jugar a las cartas, hacer artesanías con palitos de helado y transmitir la palabra de Dios".

La clave para definir su situación era el estudio de ADN. Sin embargo, el juez de Garantías de La Matanza Marcelo Dau lo procesó con prisión preventiva por pedido del fiscal Sergio Carrera Fernández, que, como única prueba, tenía el reconocimiento de la víctima de violación.

"Lo reconoció con tanta seguridad que eso nos generó muchas dudas, porque en su declaración sostuvo que el violador la había tomado por detrás y que casi no le pudo ver la cara", dijo Gabriel Becker, abogado de Encina.

El resultado del ADN finalmente se conoció el 23 de marzo del año pasado. La Asesoría Pericial de La Plata concluyó que el patrón genético de Encina no era el mismo que el del semen del violador hallado en la ropa de la chica. El juez lo sobreseyó por el delito de "robo y violación" y le otorgó la libertad morigerada. Luego, se tomaron en cuenta las planillas de su trabajo —lo ubicaban en el hipermercado a la hora de los ataques— y las declaraciones de testigos y fue sobreseído del "abuso deshonesto".

Hoy, los Encina viven gracias al sueldo de Leticia, que es empleada doméstica. El no consigue trabajo fijo y cada tanto pega afiches publicitarios en la calle por 5 centavos el afiche. "Me quedaron muchas secuelas: a veces me orino en la cama, no puedo caminar solo por la calle y me agarran ataques de angustia", explicó

Ahora, su abogado civil, Gabriel Jaijel, va a iniciar una demanda civil contra el Estado provincial por negligencia y estudia la posibilidad de demandar a las dos denunciantes. "Mientras, yo voy a seguir buscando trabajo y peleando por limpiar mi nombre", concluyó.





[ DIARI DE TARRAGONA, 28/2/2005; artículo reproducido en la web del CICAC ]


Cárcel para un inocente

Adil Damoul
estuvo dos años y cuatro meses en prisión hasta que fue juzgado por una violación que no había cometido. Lo declararon inocente, pero eso no le compensó de la larga estancia entre rejas

Una noche de junio de 2002, Adil Damoul se encontraba frente a un bar de la calle Murillo, en la zona de los slammers de Salou. Un Guardia Civil lo detuvo y no volvió a ser libre hasta octubre de 2004, cuando tuvo lugar el juicio y fue declarado inocente de los cargos que pesaban contra él por agresión sexual. La víctima, que fue violada en una playa de Salou por «tres personas que hablaban árabe», admitió que él no fue uno de los culpables. La prueba del ADN sirvió para corroborarlo y dejar manifiesto que Adil había estado dos años y cuatro meses y medio en prisión a causa del reconocimiento erróneo realizado por la víctima.

El 20 de junio de 2002 la joven gallega A.M.G.B, por aquel entonces de 20 años de edad, fue violada por tres personas en Salou. Sucedió a las 3.45 horas de la madrugada en las escaleras que bajan de la calle Bruselas a la playa. Los agresores la tiraron al suelo, la dejaron semi inconsciente y la amenazaron con una navaja. La víctima declararía más tarde que «hablaban árabe» y que «sus rasgos revelaban su origen norteafricano».

Al día siguiente la víctima salió en un coche de la Guardia Civil a buscar a los agresores. Cuando vio a Adil a las puertas de un bar de la calle Murillo dijo que él era una de las tres personas que la habían violado. Un agente bajó del coche y le preguntó a Adil: «¿Tú te peleaste aquí ayer por la noche?». Contestó que no, pero se lo llevaron al calabozo y ya no volvió a ser libre hasta después de dos años y cuatro meses.

El juicio tuvo lugar en octubre de 2004 y la víctima, residente en Galicia, asistió mediante videoconferencia. La sentencia recoge las siguientes palabras suyas: «tengo dudas sobre los reconocimientos de la calle Murillo» y «dudo sobre las características del agresor». A esto se sumó el testimonio de dos de los compañeros de piso de Adil: la noche de los hechos vieron una película juntos en casa antes de irse a dormir y permanecieron en la cama hasta el día siguiente. Además, la prueba del ADN demostró que el acusado no violó a la chica.

Un amigo de la chica declaró que el lugar donde ocurrieron los hechos tenía una iluminación artificial muy débil y que era imposible reconocer a alguien en esas condiciones. Varios agentes de la Guardia Civil visitaron estas escaleras de la calle Bruselas de Salou y llegaron a la misma conclusión. Pero en todo momento, hasta el día del juicio, prevaleció el reconocimiento realizado por la víctima en la calle Murillo.

Un calvario

Sin comerlo ni beberlo, Adil, nacido en la ciudad marroquí de Meknes hace 28 años, se encontró en la cárcel. «Un Guardia Civil me dijo que estuviese tranquilo, que sólo sería un mes», recuerda, «y mi abogado me dijo lo mismo, que la situación no se alargaría demasiado». «Mi primera reacción fue llorar, no me lo podía creer», explica Adil, «esto en Marruecos ya sabes que te puede pasar, pero pensaba que España era diferente, que esto no pasaba».

Es justamente por eso que ha acudido al Diari para contar su experiencia. «La escritura es un arma poderosa, pero yo soy de ciencias y extranjero», explica. «Si explico esto es porque no puede ser que pase, quizá publicándolo se pueda cambiar algo», dice.

Fue interrogado por la Guardia Civil y por la juez. «Ellos estaban seguros de que yo era culpable», asegura. Recuerda que los agentes repetían todo el rato: «Ha sido él, ha sido él». «Me preguntaron si tenía una cicatriz en mi muslo derecho, les dije que no y me bajé los pantalones para que lo comprobasen, pero ellos seguían repitiendo una y otra vez que había sido yo. No podía parar de llorar». Cuando se lo llevaron del calabozo de la comisaría al centro penitenciario de Tarragona le entró un ataque de histeria y tuvo que ser inmovilizado.

Él en todo momento se declaró inocente, desde las primeras declaraciones hasta el día del juicio. «Yo no soy cómo decían. Siempre he estado con chicas, he trabajado con chicas en un restaurante, he ido con chicas a clase y nunca he tenido ningún problema, yo sería incapaz de hacer algo así», explica.

Es de dominio público cómo el resto de reclusos trata a los violadores en los centros penitenciarios. «Ahí dentro nadie me hablaba, pero también tengo que decir que no llegaron a agredirme», explica. «Al cabo de un tiempo entablé algo de relación con otros marroquíes, les dije que yo era inocente, pero no me creyeron», cuenta. La respuesta de sus compatriotas siempre fue: «En la cárcel todos somos inocentes, nadie reconoce lo que ha hecho».

Medida drástica

Desesperado e incrédulo, Adil decidió comenzar una huelga de hambre. Le traían comida, pero siempre la dejaba en la puerta sin tocarla. Hasta que se la dejaron de llevar. Al final su abogado se enteró de la huelga de hambre que había emprendido y le recomendó que lo dejase estar porque por esa vía no iba a conseguir nada más que hacerse daño a sí mismo. Siguiendo el consejo, Adil dejó la huelga de hambre 14 días después de haberla iniciado y muy debilitado. De hecho, pesaba 10 kilos más antes de ingresar en prisión que el día en que recuperó su libertad. Tras esta experiencia, su situación en prisión mejoró algo. Empezó a participar en talleres de manualidades y a asistir a clases de catalán.

'Suerte con tu vida'

El juicio se ventiló en un sólo día. Prueba de ADN, negativa. Constancia de que el lugar estaba demasiado oscuro como para reconocer a los agresores. Dos compañeros de piso del acusado habían estado con él aquella noche. Y la víctima dudaba del reconocimiento. Tras el veredicto, el juez se levantó del estrado y se dirigió hacia Adil. «Que tengas suerte con tu vida», le dijo. Era perfectamente consciente de que la Justicia había encerrado a un inocente.




[ EL PAÍS, 24/7/2005 ]

Un hombre pasa cinco años en la cárcel por un delito que no cometió  

Su esposa buscó pruebas hasta conseguir la absolución del acusado

MÓNICA C. BELAZA  -  Madrid

El Tribunal Supremo ha absuelto a un hombre que pasó cinco años en prisión condenado por haber agredido sexualmente a un menor de nueve años, un delito que no cometió. Después de la condena, en 2001, su esposa estuvo casi dos años buscando pruebas que exculparan al marido. Finalmente, encontró dos testigos que han demostrado que el condenado se encontraba en su trabajo cuando se cometió la violación.
Francisco Javier G. fue condenado en mayo de 2001 por la Audiencia Provincial de Cádiz como autor de la violación oral de un niño de nueve años. Llevaba en prisión condicional desde 1999, cuando fue arrestado. La prueba de cargo en su contra fue el reconocimiento efectuado por el menor. Tras la sentencia condenatoria, su esposa siguió buscando pruebas de su inocencia. Finalmente, encontró dos testigos que acreditaron que él se encontraba en su trabajo, en una academia de informática, en el momento de la agresión. La defensa del condenado pidió que se revisara la sentencia, y ahora el Supremo le ha dado la razón.
La violación tuvo lugar el 2 de agosto de 1999 en Algeciras (Cádiz), según los hechos probados de la sentencia de la Audiencia de Cádiz. Un hombre se acercó en la calle a la víctima, un niño de nueve años, y le preguntó por la dirección de un pabellón deportivo. Le dijo que subiera al coche para indicarle, a lo que el menor accedió. Le llevó a un descampado, detuvo el vehículo, le agarró por el cuello y le obligó a practicarle una felación. La prueba de cargo fue la declaración de la víctima, que reconoció al acusado en cuatro ocasiones. Los psicólogos dictaminaron que, a su juicio, "el menor no fabulaba en sus declaraciones incriminatorias".
El acusado alegó que en el momento en el que supuestamente cometió la agresión, estaba trabajando en su academia de informática. Declaró que, justo a esa hora, había llamado a un cliente a su teléfono móvil para que pasara a recoger un presupuesto, y que luego le había atendido personalmente. Intentaron encontrar al cliente a través del móvil, pero éste era de tarjeta prepago y la compañía telefónica desconocía los datos del titular. Una empleada de la academia declaró que había estado con el acusado a la hora de los hechos, pero al tribunal no le pareció suficiente para desvirtuar la declaración del menor.
La mujer de Francisco Javier G., tras la condena, siguió buscando pruebas de su inocencia. Empezó a llamar diariamente al móvil del cliente a quien su marido había atendido, pero nadie le respondía. No había buzón de voz. Siguió llamando durante casi dos años, ya con menor frecuencia, y, finalmente, el 15 de abril de 2003, alguien contestó. Era la persona que buscaba. No había atendido antes las llamadas porque cambió de móvil y el número al que llamaba la mujer apenas lo usaba. Ese día contestó porque había perdido su otro teléfono. El testigo ratificó que, el 2 de agosto de 1999, sobre las 13.30, Francisco Javier G. le había llamado para darle un presupuesto y que luego le atendió personalmente en la tienda. Recordó que, cuando llegó al establecimiento, estaba allí un hombre en silla de ruedas.
La esposa buscó a ese segundo testigo. Llamó a todos los alumnos de la academia para ver si alguno tenía un padre en silla de ruedas. Lo encontró. Era el padre de una alumna que ese día había ido a pagar el recibo del mes. Se acordaba de que el condenado fue el que le cobró.
Con esos testimonios, la defensa presentó un recurso de revisión ante el Supremo, que ha absuelto a Francisco Javier G. Su abogado destacó que éste seguiría en la cárcel si no fuera por la "labor absolutamente dantesca" de su mujer para localizar a los testigos, según informa Efe.



[ EL PERIÓDICO, 20/6/2006 ]


REPORTAJE


Condenado sin pruebas

---El Supremo ha absuelto a un hombre que pasó tres años encerrado en la prisión por una violación 
---Los jueces no tomaron en consideración las pruebas a su favor. 

MARGARITA BATALLAS 

Una pesadilla que ha durado tres años. Estuardo Roberto Espinales Júpiter, de nacionalidad ecuatoriana, recuperó la libertad el pasado mes de mayo después de que el Tribunal Supremo le absolviera del delito de agresión sexual en modalidad de violación por el que fue condenado por la Audiencia de las Palmas a ocho años de prisión. El alto tribunal acusa a sus colegas de haber optado por el camino más fácil: la condena.

Según la primera sentencia, el 19 de agosto del 2003, Lucía Mínguez fue abordada en la calle por Espinales cuando salía de trabajar. El acusado le preguntó la dirección de una discoteca y, según la versión de la mujer, tras darle la mano la agarró por detrás, y la amenazó con matarla si no se callaba. La mujer perdió en ese momento el conocimiento. Cuando despertó estaba boca abajo y, según su relato, le habían quitado la ropa interior, subido la falda y penetrado de forma parcial analmente y vaginalmente. Tras eyacular, su agresor cayó encima de ella.

 La confesión 

 La víctima identificó a Espinales en varias ruedas de reconocimiento. Sin embargo, el aspecto físico del acusado no se correspondía con la descripción que había facilitado a la Guardia Civil. En sus declaraciones explicó que su agresor era "una persona joven de 20 a 25 años, de raza magrebí, pelo corto negro, frente estrecha sin entradas, ojos saltones y 1,75 cms de estatura". Después, contó ante el juez de instrucción que "no se había fijado mucho en la persona e insistió en que el agresor era de origen magrebí". Sin embargo, Espinales, nacido en 1981, mide 1,63 centímetros y es de nacionalidad ecuatoriana. La noche de autos estaba borracho y reconoció ante la Guardia Civil que "algo malo debió ocurrir pues tenía una camiseta manchada de sangre que no era suya" y que "esa noche tuvo una discusión con un marroquí". En todo momento negó haber "agredido sexualmente a nadie". 

 Con estos mimbres, la Audiencia de Las Palmas le condenó a ocho años de prisión al tener en cuenta el testimonio de la víctima y sus contradictorias declaraciones y sin analizar las pruebas exculpatorias aportadas por el fiscal y la defensa: varios exámenes de ADN. 

 La regañina 

 Los informes, elaborados por el Instituto de Toxicología, analizaron los restos de semen hallados en la ropa de la víctima, en el lavado vaginal de la mujer, la sangre del acusado en la camiseta y la ropa de la mujer. Esos dictámenes concluyeron que el semen analizado era de su novio mezclado con el de otro hombre y que la sangre de la camiseta del acusado no se correspondía con la de la mujer. Los expertos tampoco hallaron restos de ADN de Espinales en la ropa de la víctima. Todas las pruebas practicadas certificaron que no existían alelos del imputado en esos exámenes. 

 A pesar de ello, los jueces dieron plena validez al testimonio de la mujer al asegurar que su declaración "era totalmente fiable o creíble". Sin embargo, para el Supremo, ese testimonio no se puede calificar "de persistente, sin contradicciones y fisuras". 

 Por este motivo, el Supremo regaña a sus colegas por haber dictado una condena "sin pruebas suficientes". Además, les acusa de haber optado por excluir las pruebas "que favorecen al acusado" y por haber actuado sin "la necesaria racionalidad". De este modo --dice el tribunal-- "han incumplido la obligación de motivación" que deben tener las resoluciones judiciales.

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[ EL PAÍS, 23/7/2006 ]

 Tres años de cárcel por un error judicial 

 El Supremo absuelve a un hombre que fue condenado por violación pese a que había pruebas biológicas

MÓNICA C. BELAZA  -  Puerto del Rosario

 "Quítate la ropa, que estás acusado de violación", escuchó Roberto E. J., el 23 de agosto de 2003. Tenía 21 años. Acababan de llevarlo desde el pueblo costero de Costa Calma, donde vivía, en la isla de Fuerteventura, a la Guardia Civil de Puerto del Rosario. Una chica había sido agredida brutalmente tres días antes, de madrugada, y él era el principal sospechoso. Es ecuatoriano, de Quito, y llevaba seis meses en España. Ese mismo día ingresó en prisión, donde ha pasado los últimos tres años. Dos en prisión preventiva y uno condenado por la Audiencia de Las Palmas. Hasta que, a finales de mayo, el Tribunal Supremo lo absolvió. Se trataba de un error judicial: lo habían condenado a pesar de que había restos de sangre y semen que lo exculpaban. Ahora, apenas sale de casa. Va siempre acompañado. "Para tener testigos de lo que hago y dónde estoy", según relata, nervioso, y no sabe si algún día podrá librarse del estigma de violador.

 La única prueba contra él fue la declaración de la víctima, que lo identificó en una rueda de reconocimiento "sin ningún género de dudas". La agredida, L. M., de 20 años, trabajaba en un hotel de la zona y vivía en Costa Calma. El 19 de agosto de 2003 llegaba a casa del trabajo, sobre la una de la madrugada, cuando un hombre le preguntó si sabía donde estaba el Club Áncora. Ella se lo indicó mientras seguía caminando. El agresor se despidió pero, acto seguido, la cogió por detrás y le rodeó el cuello hasta la asfixia. La chica perdió el conocimiento. Cuando lo recuperó, estaba al lado de un pequeño muro, donde fue violada mientras el agresor amenazaba con matarla. Acabó con lesiones y hematomas por todo el cuerpo, y ha necesitado un largo tratamiento psiquiátrico. "Que la agresión fue atroz nadie lo discute", señala el abogado de Roberto, Pedro Carreras. "Pero no juzgaron a quien la cometió. Y como alguien tenía que pagar, le tocó ser el cabeza de turco". 

 El Supremo afirma que en el reconocimiento de la víctima hubo "ciertas incoherencias". Que no fue un testimonio "sin fisuras", como afirmó el tribunal de Las Palmas, algo comprensible si se tiene en cuenta la salvaje agresión de la que fue objeto. En sus primeras declaraciones, ante la Guardia Civil, la juez y el médico forense, la chica definió al violador como "de origen magrebí" -tanto por su aspecto como por su acento-, de 1,75 de altura. Roberto es ecuatoriano y más bien bajito: no llega al 1,63. Sí tiene rasgos faciales que podrían hacerlo pasar por marroquí. La víctima le reconoció primero en un álbum fotográfico de la policía. Había sido detenido como sospechoso de dos delitos meses antes, aunque nunca fue juzgado, y por eso aparecía en las fotos. Lo señaló de nuevo en la rueda de reconocimiento y el día del juicio. 

 La policía científica encontró restos de semen del novio de la víctima y de otro varón -el agresor-, y sangre en el sujetador. No eran de Roberto, según determinó el Instituto Nacional de Toxicología. A pesar de ello, el tribunal decidió que el recuerdo de una mujer en estado de shock tras una violación, de madrugada, era más fiable que la ciencia. Y lo condenó. La sentencia ni siquiera menciona que había pruebas biológicas que lo exculpaban; no argumenta por qué prescinde de ellas. 

 Cuando fue detenido, Roberto vivía con sus hermanos, Elisabeth, de 25 años, y Giovanni, de 22. La noche de la agresión había salido y bebido. Ante la Guardia Civil, no supo dar muchos detalles de lo que había pasado ese día, porque el alcohol había borrado algunos recuerdos. Señaló que se había peleado con un marroquí y que tenía la camiseta manchada de algo que parecía ser sangre. El Instituto Nacional de Toxicología determinó, sin embargo, que probablemente era tierra; no había sangre. Roberto y su hermana aseguran que él estuvo toda la noche en una discoteca, con muchos testigos, y no entienden por qué ni el juez ni el fiscal ni los abogados los llamaron. 

 Ha estado tres años preso, en cuatro cárceles distintas. "En todas, cuando se enteraban de que estaba allí por violación, había problemas", relata. Insultos, amenazas, golpes. "Y gritos constantes. Me llamaban 'violín de mierda y sudaca'. Dentro nadie cree en la inocencia de nadie". Él estaba convencido de que finalmente lo absolverían. "Pero un día me sacaron de la clase de cerámica para decirme que me habían caído ocho años. La mañana siguiente unos presos me lanzaron a la cara un periódico y me dijeron: '¿No eras inocente, violín?". 

 En la cárcel hizo cursos de todo tipo y muchas pesas. Ganó 15 kilos. "Estaba todo el día en el gimnasio, mañana y tarde, para no pensar y para estar fuerte y que no me pegaran". Un preso le hizo un enorme tatuaje en su imponente brazo izquierdo. "Ha cambiado mucho físicamente en estos tres años", asegura su abogado. 

 A finales de mayo, en la cárcel de León, la última en la que Roberto estuvo preso, le dijeron que recogiera sus cosas: era libre. "Me fui corriendo, por si se arrepentían", relata. El Supremo le había absuelto, dando un varapalo al tribunal que lo condenó con pruebas endebles. Pero su pesadilla no acabó ese día. Fuera lo estaban esperando dos policías, que lo detuvieron por no tener papeles. "¿Cómo los iba a tener si llevaba tres años preso?", se pregunta. Gracias a la intervención de un abogado lo soltaron, y su hermana lo recogió en Madrid. "Cuando me vio, no me soltaba", cuenta Elisabeth. "Era demasiado bonito", dice él mientras la abraza. "Y demasiado feo lo que ha pasado".

La vida después de la prisión

M. C. B.  -  Puerto del Rosario

Muchas cosas han cambiado en estos tres años. Cuando Roberto entró en la cárcel, tenía una novia ecuatoriana que vivía en Italia, la madre de su hijo. "Al principio creyó que era inocente, pero cuando me condenaron dejó de confiar en mí", relata. "No ha querido volver a hablar conmigo". Con su hijo, que vive en Quito y tiene casi cuatro años, sí tiene relación, telefónica. "Ni él ni mis suegros, con los que vive el niño, saben lo que ha pasado". Ni la propia madre de Roberto, a la que los hermanos han mentido durante años.

Ahora no se separa de su hermana Elisabeth. Vive con ella y su novio alemán en una casa junto al mar en el pueblo costero de Costa Calma, con tres gatos. Roberto tiene cara de niño asustado. Sale de casa lo menos posible. "Prefiero quedarme y que se me vea poco", dice hundido en su sofá. Trabaja en la construcción y está muy agradecido a su empleador por haber confiado en él a pesar de todo. "Porque te das cuenta de que a la gente no le gusta tener un preso al lado, sea culpable o inocente", expresa. "Siempre tienen dudas, y esto te acompaña de por vida". Elisabeth todavía recuerda que, a lo largo de estos tres años, cuando iba a un bar, o al supermercado, escuchaba: "Aquí están los ecuatorianos, los hermanos del violador". 

Les gustaría irse de Costa Calma, un lugar con playas paradisiacas de arena blanca y aguas claras lleno de turistas alemanes jugando al tenis, pero antes Roberto quiere conseguir sus papeles y pedir una indemnización al Estado por el error que le ha privado de libertad durante tres años y de tranquilidad durante muchos más. Su abogado calcula que, como mínimo, le tendrán que dar 65.000 euros. "Habrá que probar cómo ha cambiado su vida y qué secuelas le han quedado", señala. "No sé si algún día mi vida volverá a ser normal", concluye Roberto. "Falta mucho para que me relaje un poco. Nunca lo voy a olvidar". 


[ EL PAIS.com, 4/8/2009  ]

El Supremo absuelve a un nigeriano por ser el único de raza negra en la rueda de reconocimiento

La Audiencia Provincial de Madrid reconoció la irregularidad pero aún así le condenó a diez años por violación y robo

MÓNICA CEBERIO BELAZA - Madrid

Poco antes de que amaneciera el 13 de mayo de 2005, en Fuenlabrada (Madrid), un hombre se acercó a una mujer por detrás, la cogió por el cuello y le puso algo punzante en la espalda. Le dijo que le diera todo lo que llevaba. Después intentó bajarle los pantalones vaqueros pero no pudo, así que la obligó a hacerle una felación. El agresor era negro. Tres días más tarde, también de madrugada y también en Fuenlabrada, un hombre de la misma raza sorprendió por detrás a otra mujer, la golpeó con un punzón o destornillador marrón, le quitó todo lo que llevaba y le provocó contusiones en el antebrazo y la cadera.

El mismo día de esta segunda agresión, la policía enseñó a ambas mujeres fotos de sospechosos de sus álbumes. Los agentes de la comisaría de Fuenlabrada mostraron ocho rostros a las víctimas y las dos identificaron, con total certeza, uno de ellos: el de un africano de raza negra que fue imputado por agresión sexual y robo con intimidación y puesto a disposición del juzgado.

Resultó que el sospechoso no podía haber cometido los delitos, así que la policía siguió buscando. El 25 de mayo volvieron a enseñar fotos a las mujeres. Las dos volvieron a identificar a alguien, muy seguras de su recuerdo. Esta vez el supuesto culpable era Henry Osagiede, un nigeriano que tenía entonces 20 años, una compañera y una hija. Ya habían señalado, con igual certeza, a dos personas distintas. Las agresiones fueron de madrugada, el hombre las había agarrado por detrás y les había prohibido que le miraran. Ellas declararon que habían podido ver la cara del agresor "en determinados momentos".

Tras la identificación fotográfica, llegó el reconocimiento en rueda en el juzgado de Fuenlabrada. Se colocó al sospechoso, nigeriano y negro, junto a cuatro latinoamericanos a pesar de la protesta de la abogada de Osagiede. Primero pasó una las de las víctimas. Después, la otra. Cambiaron a los hombres de posición pero el nigeriano seguía siendo el único negro. Las dos mujeres lo reconocieron "sin ningún género de duda". Ni siquiera llamaron a la rueda a la primera persona que habían identificado y que resultó inocente, para ver si tenían alguna duda.

No había más pruebas que la identificación de las víctimas. El arma no se encontró. En el coche de Osagiede había un destornillador, pero, ni era marrón, ni, sobre todo, nadie lo pidió como prueba. Ni siquiera el fiscal, que sostenía que había sido el arma de las agresiones, solicitó que se examinara y se uniera al procedimiento.

La Audiencia Provincial de Madrid lo condenó, el 24 de julio de 2008 a 10 años de cárcel por un delito de agresión sexual y dos de robo con intimidación y al pago de más de 30.000 euros por los daños materiales y morales causados a las víctimas. Los magistrados admiten que había habido irregularidades en las ruedas de reconocimiento y que no había más pruebas. Aún así, sostienen que aunque las ruedas debieron hacerse "con más rigor", esto no permite "cuestionar la autoría del acusado". ¿Por qué? Porque la identificación había sido "clara" y, sobre todo, por la "falsedad de los descargos ofrecidos por el acusado". Es decir, Osagiede no había probado su inocencia. El problema es que ningún acusado tiene que hacerlo.

Los magistrados de la Audiencia señalan que el acusado había dicho que estaba fuera de Madrid los días de las agresiones, y que había aportado como prueba un pasaporte que resultó ser falso. Hacen hincapié también en que sus declaraciones, y las de su compañera, eran contradictorias. Dicen que usó "una táctica propia de las personas que mienten".

El Supremo no está de acuerdo con la Audiencia. Ha absuelto a Osagiede. Dice que la rueda de reconocimiento "no fue correcta" y que se debe ser "muy riguroso" con el protocolo del artículo 369 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que exige que los miembros de la rueda se parezcan, porque lo contrario puede provocar un error judicial. Tras invalidar esta prueba, el Alto Tribunal señala que, como "no le corresponde al imputado acreditar su inocencia", procede la absolución.

Osagiede está en prisión. Aparte de estas dos condenas, tenía otra, de un juzgado de Móstoles, por hechos similares cometidos el 19 y el 21 de mayo de 2005. Es de esperar que en esos casos la identificación fuera correcta. Más del 75% de las condenas a inocentes se debe a errores de las víctimas y testigos al identificar a sospechosos, según la ONG estadounidense Proyecto Inocencia.


[ EL PAIS, 3/2/2010  ]

Dos años preso por violaciones pese a que le exculpaba el ADN

El Supremo anula la condena de un hombre por la Audiencia de Las Palmas

M. CEBERIO BELAZA / J. NARANJO - Madrid / Las Palmas

El Tribunal Supremo ha absuelto a un hombre que fue condenado a 36 años de cárcel por tres delitos de violación a pesar de que las pruebas de ADN lo exculpaban. Los crímenes se cometieron en Gran Canaria en 1997. Diez años después, una de las víctimas creyó reconocer al agresor en la calle. Tras su declaración y la de otras dos mujeres fue encarcelado en julio de 2007. El año pasado fue juzgado y condenado por la Audiencia de Las Palmas. Un informe de la Policía Científica había concluido el 18 de abril de 2008 que el perfil genético del acusado no era "compatible" con los restos biológicos encontrados en el jersey de una de las chicas; tampoco el "haplotipo de cromosoma Y" era "coincidente". Las únicas pruebas en su contra fueron la identificación de tres de las víctimas mucho después de los hechos.

La mujer que lo vio en la calle en 2007 había asegurado en 1997, en su declaración ante la policía, que no podía "describir su cara" porque "se asustó y prefirió no mirarle". Otra de las víctimas había declarado que el violador le había dicho "que cerrara los ojos y que no le mirara". La tercera relató que en lugar en el que fue atacada "no había luz", según consta en el sumario judicial.

El Supremo va a absolver ahora a Ricardo por falta de pruebas. Envió ayer un mandamiento de libertad a la prisión y el condenado, Ricardo C. C., ya está libre. El alto tribunal no ha dictado aún la sentencia pero, según han adelantado fuentes judiciales, la base de la decisión está en que con los resultados biológicos y unos reconocimientos realizados 10 años después del crimen, no hay base alguna para desvirtuar la presunción de inocencia.

Las tres chicas fueron violadas entre el 14 y el 17 de noviembre de 1997 en las cercanías del barrio de Tafira, en Las Palmas de Gran Canaria. Dos eran menores, de 15 y 17 años. La tercera tenía 27. El modus operandi fue similar en todos los casos: sobre las nueve o diez de la noche el agresor las abordaba en la calle, las agarraba por el cuello y les obligaba a hacerle una felación mientras las amenazaba con una navaja. El violador vestía una sudadera con capucha con la que se cubría la cabeza. No fueron las únicas. Hubo otras seis víctimas de un violador similar en esa época.

Ricardo C. C. apareció en escena 10 años después del crimen, y en adelante fue conocido como el "violador de Tafira". Una de las víctimas lo vio apoyado en la pared de un colegio mientras conducía camino al trabajo. Creyó reconocerlo y avisó a la policía. Era el 22 de junio de 2007.

Ricardo había tenido una vida complicada. Se enganchó a la heroína a los 14 años y su deterioro fue imparable, pero no cometió delitos. En su expediente sólo consta un pequeño hurto cometido para seguir pagándose la droga. Un autobús lo arrolló y casi mató en 1993. El accidente lo dejó varios meses en coma, postrado en una cama. Las secuelas le provocaron una minusvalía "física, psíquica y sensorial" del 66%. "Es muy lento, entiende las cosas, pero olvida todo muy rápido y tiene que anotarlas", asegura una persona de su entorno. Aquel terrible accidente no logró que dejara la droga, aunque consta que lo intentó con la metadona.

Fue detenido después de que la víctima lo viera en la calle. Lo llevaron a comisaría, donde otra de las mujeres que habían sufrido las violaciones pudo ver desde el principio, antes de ningún reconocimiento fotográfico ni en rueda, que él era el sospechoso. Las dos lo identificaron Otra víctima dudó ante las fotos, pero después lo señaló también en el reconocimiento en rueda que se llevó a cabo en el juzgado. El resto de las mujeres que habían sido violadas en esa época no lo reconocieron.

Las pruebas biológicas lo exculparon. El informe de la Policía Científica concluyó que el perfil genético de Ricardo no era compatible con los restos encontrados en el jersey de una de las víctimas ni el "haplotipo de cromosoma Y" era "coincidente". El Instituto Legal de Medicina Legal de Las Palmas, por su parte, estuvo de acuerdo con la policía en que el perfil genético no era compatible; con respecto a la prueba del cromosoma Y planteó alguna duda: señaló que había pocos marcadores y que los resultados no eran del todo concluyentes.

Con estos informes en la mano, la Audiencia de Las Palmas basó su condena -ahora revocada por el Supremo- sólo en los reconocimientos de las víctimas, que fueron hechos "con corrección y sin que se hayan observado irregularidades de ningún tipo", según el fallo. "La prueba de ADN tiene el valor decisivo que ordinariamente le otorgan los tribunales de justicia cuando es de resultado positivo, cuando sirve para afirmar que una determinada sangre u otro producto orgánico (... ) pertenece a una determinada persona", afirma la Audiencia. "Pero no puede tener este mismo valor cuando su resultado es negativo, esto es, cuando se utiliza para excluir la participación de alguien".

Ricardo lleva preso desde julio de 2007 en la cárcel de Salto del Negro. Al principio, se vino abajo, pasó mucho miedo, los otros internos lo acosaban y le llamaban "violador de niñas". Su imagen había salido en los periódicos y en las televisiones y una condena pesaba en su contra.

Su abogado, Sergio Armario, creyó en su inocencia y fue convenciendo a todos de que se había cometido un gigantesco error. Incluso le daba a Ricardo los papeles de la defensa para que se los enseñara a sus compañeros de la cárcel. Y entre los propios presos surgió la duda. "Pero si no es mal tío, es una putada que esté aquí dentro", decían.Ayer por la mañana, el letrado que un día se encontró con este caso por el turno de oficio le dio a Ricardo la noticia de su absolución. Dicen que se puso a llorar como un niño. Sólo preguntaba "¿y cuándo salgo?". No tardó mucho. A eso de las dos de la tarde pisaba por fin el exterior de la cárcel.
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La realidad judicial frente a la verdad

Los errores judiciales en las sentencias de violación suelen seguir una misma pauta: hay unas víctimas convencidas de que el inocente fue su verdugo. Ocurrió con Ahmed Tommouhi y Abderrazak Mounib, condenados por una serie de violaciones en Barcelona y Tarragona que no habían cometido; Mounib murió en prisión y Tommouhi pasó 15 años encarcelado. Le sucedió también a Francisco Javier G., preso por haber violado a un menor al que en realidad no había visto jamás. La tenacidad de su esposa, que buscó infatigable durante dos años a un testigo que podía probar la inocencia de su marido, logró restablecer la verdad. Rafael Ricardi pasó 13 años en la cárcel por dos violaciones que no había cometido.

No son errores inevitables. Hay problemas estructurales que provocan sentencias injustas. Los errores de identificación de sospechosos están detrás de más de tres cuartas partes de los casos según la asociación norteamericana Innocence Project, que ha sacado de la cárcel a 235 personas (algunos en el corredor de la muerte), gracias a pruebas de ADN.

Cuando víctimas y testigos creen reconocer a una persona inocente como el violador o asesino, muchas veces la razón es una mala práctica en la investigación: reconocimientos en rueda en los que los cebos no se parecen al sospechoso; policías que sólo enseñan la foto de quien creen que ha sido el culpable, de forma que la víctima, a partir de ese momento, identifica esa imagen con el recuerdo borroso que tiene del criminal; o investigadores que "sugieren" quién es el culpable, convenciendo al testigo de que, aunque no se acuerde bien, no se está equivocando.

Hay prácticas que se ha demostrado que funcionan para evitar estos errores, como que el policía que muestra las fotos a los testigos no sepa quién es el sospechoso o que se graben los interrogatorios en comisaría (porque algunas personas acaban confesando crímenes atroces que no han cometido).

Los jueces, en todo caso, deberían tener en cuenta los estudios y descubrimientos de la llamada psicología del testimonio, que muestran cómo en ocasiones una víctima, sin quererlo, sin mala intención, puede contribuir a que un inocente pase décadas encarcelado.

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El informe de la Policía Científica

- El perfil genético obtenido a partir de la muestra indubitada de Ricardo C. C. NO ES COMPATIBLE con la mezcla de perfiles genéticos obtenida en el jersey cuyo análisis fue objeto del Informe Pericial de referencia.

- El haplotipo de cromosoma Y obtenido a partir de la muestra indubitada de Ricardo C. C. NO ES COINCIDENTE con el obtenido, para los marcadores genéticos analizados, en el jersey cuyo análisis fue objeto del Informe Pericial.


El Norte de Castilla, 15/5/2010 ]

VALLADOLID

Declarado inocente un hombre que pasó once meses encarcelado por un atraco 

La víctima, un obrero colombiano que fue detenido y procesado con «pruebas endebles», reclama una indemnización millonaria a Justicia

J. SANZ | VALLADOLID.

Daniel Ramos Hurtatiz, un obrero colombiano de 40 años que lleva 11 en la provincia, pasó a ser D. R. H. un mal día de junio del 2008. Aquella mañana fue detenido por agentes de la Guardia Civil en su puesto de trabajo, acusado de cometer un violento atraco a mano armada en una sucursal de Cigales. Sus iniciales ocuparon páginas en los medios de comunicación: «D. R. H., un súbdito colombiano de 38 años, fue arrestado por un delito de robo con violencia e intimidación cometido el día 25 en una oficina de Cajamar», rezaba la nota difundida entonces por la Benemérita. El juez de instrucción dio por buenos los indicios recogidos por los agentes contra el sospechoso y acordó encarcelarle.

Y hasta aquí todo correcto. Caso resuelto. ¿O no? Daniel pasó once meses en prisión preventiva y, por fin, se sentó en el banquillo de los acusados a finales de mayo del 2009. La jueza encargada del caso, la titular del Juzgado de lo Penal número 2, no daba crédito a lo vivido en la sala de vistas. Los testigos no reconocían al sospechoso, las pruebas contra él «eran totalmente endebles» y ni siquiera había «indicios» de su participación en el robo.

La magistrada no esperó siquiera a dictar sentencia y ese mismo día ordenó la puesta en libertad inmediata del joven encarcelado injustamente. Unas semanas después le absolvió y, ya en noviembre, la Audiencia Provincial confirmó la sentencia. D. R. H., el 'atracador', volvía a ser Daniel Ramos Hurtatiz, el obrero. La cadena de errores policiales y judiciales, sobre todo, le arrebataron todo lo que tenía. Su abogada acaba de interponer una reclamación millonaria contra la administración de Justicia para resarcir a un inocente que llegó a pasar casi un año metido entre rejas.

«Lo he perdido todo», resume el afectado. Su empresa le despidió, tuvo que vender el coche para costear los honorarios de su abogada y está «ahogado por las deudas». Daniel recuerda que antes de su detención «lo tenía todo pagado al día mientras que ahora los bancos me están llevando al juzgado por impago de los préstamos que debía».

Sin antecedentes penales

Dos sentencias, la dictada el 29 de junio del 2009 por el Juzgado de lo Penal número 2 y la confirmación posterior de la Sección II de lo Penal de la Audiencia Provincial -20 de noviembre del 2009-, avalan la petición de indemnización cursada por la letrada de Daniel. Eso y su historial. No tiene antecedentes -así lo confirman fuentes de la Guardia Civil-, tiene el permiso de residencia legal en España y nunca antes había tenido problemas con la ley hasta que la mala suerte y una evidente mala actuación judicial se cruzaron en su camino. 

La sucesión de fallos la recoge de forma expresa la primera sentencia absolutoria partiendo, en el apartado de fundamentos jurídicos, de su detención. Una vecina de Cigales, que se topó con los dos atracadores de la sucursal de Cajamar situada en la Plaza Mayor -los verdaderos autores nunca fueron detenidos-, identificó a uno de ellos cuando huían de la oficina. Se trataba de un hombre colombiano que en su día vivió en aquel municipio y que entonces resultó estar afincado en el mismo edificio de Fuensaldaña en el que residía Daniel. 

Dos agentes de paisano acudieron al bloque y al día siguiente del asalto, cometido el 25 de junio del 2008, identificaron al obrero colombiano cuando salía de casa. «Sólo me identificaron y me dejaron ir porque lo tenía todo en regla», relata la víctima. Cuatro días después, los mismos guardias se presentaban en su lugar de trabajo, en Medina del Campo, y le llevaban detenido a los calabozos. «Me dijeron que yo era el atracador y que era un mentiroso porque ni siquiera sabía de qué me estaban hablando», explica ahora el propio Daniel. 

Una bolsa de otro color

El sospechoso, asistido por un abogado de oficio, permitió de forma voluntaria que registraran su vivienda. Su suerte estaba echada. Los agentes encontraron unas bridas -los autores del atraco habían atado con ellas a los trabajadores y clientes del banco-, una bolsa de deportes -similar a la usada en el robo- y un mono de trabajo -un asaltante iba vestido con uno-. 

Con esos indicios le acusaron de un delito de robo con violencia e intimidación y el titular del Juzgado de Instrucción número 1 decidió decretar la prisión preventiva un día después de la detención. Pasó un mes y el obrero colombiano decidió contratar a una abogada, la que después consiguió su absolución, a costa de vender su turismo. 

La nueva letrada solicitó de inmediato una rueda de reconocimiento con los testigos del atraco. «Aquel día pensé que me iba a la calle hasta que me pusieron junto a tres policías mucho más altos que yo, uno de ellos rubio, durante la rueda», lamenta. La testigo, claro, le identificó a él como un asaltante. 

A esta petición de prueba siguieron otras muchas por parte de una abogada que recuerda cómo les fueron denegando una tras otra cada solicitud y petición de puesta en libertad. Y así transcurrieron once meses, «los peores que he pasado en mi vida -aclara el afectado-», hasta que llegó el día de la vista oral. 

Daniel Ramos Hurtatiz se enfrentaba a sendas peticiones de cinco años de prisión por parte del fiscal y de la acusación particular, ejercida por el banco, y al pago de una indemnización de 10.830 euros -el botín obtenido por los ladrones-. 

Las pruebas o, mejor dicho, la falta de ellas, jugaron en favor del imputado. «Los indicios en los que se basa la acusación son totalmente endebles y de ellos no puede deducirse la participación del acusado en los hechos. Pero es que además la prueba de descargo es abrumadora y demuestra la imposibilidad física y temporal de que el acusado pudiera estar en el lugar en el que se cometió el atraco», recoge literalmente la sentencia absolutoria dictada por la jueza Ana María Carrascosa. Ella misma «tardó una hora, nada más acabarse el juicio, en ordenar mi puesta en libertad», agradece Daniel Ramos Hurtatiz. 

El fallo desmenuza de manera concienzuda el por qué de la absolución al analizar las tres 'pruebas' de la acusación, es decir, el hecho de vivir en el mismo edificio que el sospechoso real, las bridas incautadas en el domicilio y el reconocimiento de la testigo en la rueda. 

Los autores siguen huidos

Sobre el primer punto, la jueza señala que residir en el inmueble del auténtico sospechoso «no implica que esté involucrado en ese delito» y ahonda en que «ni siquiera se ha demostrado que ambos se conocieran». Es más, añade, los vecinos aclaran que los colombianos «no tenían ningún tipo de relación». 

En cuanto a las bridas, la magistrada aclara que «no pueden tener ningún valor probatorio al ser un hecho acreditado que el acusado trabaja en la construcción». Pero va más allá y recoge cómo la bolsa de deportes incautada en la casa era azul frente a la negra que los testigos vieron manejar a los ladrones. 

Desmontados los dos primeros indicios, llega el turno del más particular, la rueda de reconocimiento. Todos los testigos manifestaron de entrada que al único sospechoso que habían identificado en fotos era al vecino de Daniel, que no fue arrestado. La mujer que afirmó haberle visto por la calle en el momento de la huida aclaró en la sala que si «reconoció al acusado fue porque era el único de los que estaban en la rueda que tenía aspecto de ser sudamericano», prosigue el fallo. 

Caso cerrado, pero de verdad. Daniel Ramos fue puesto en libertad de inmediato, la jueza le absolvió después y la Audiencia Provincial ratificó la sentencia a raíz de un sorprendente recurso, pese a todo, presentado por la Fiscalía cuando el propio banco retiró la acusación. Ante del primer fallo, sin embargo, la Guardia Civil volvió a detener al entonces aún sospechoso. «Fue increíble, me arrestaron y me dijeron que era por el atraco en Cigales a los pocos días de celebrarse el juicio», relata. Tuvo que ir su abogada con el auto y le dejaron en libertad. 

«Inhumano y sangrante»

«Es un caso inhumano y sangrante de mal funcionamiento de la Administración de Justicia», concluye la abogada, Marta Iglesias, quien añade que, para colmo, los resultados de las pruebas de ADN que exoneraban definitivamente a su cliente llegaron semanas después del fallo absolutorio del primer juzgado. 

Daniel Ramos Hurtatiz nunca volverá a ser D. R. H. y la Justicia, si es justa, deberá resarcir su error.

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CRONOLOGÍA

25 de junio del 2008. Dos individuos, armados con pistolas plateadas, asaltan minutos antes de las 9.00 horas la sucursal de Cajamar de la Plaza Mayor de Cigales. Los autores, que consiguieron un botín de 10.830 euros ataron con bridas de plástico a los dos empleados presentes en la oficina de pies y manos y entre ellos. Antes de darse a la fuga, les quitaron los móviles y les advirtieron de que había una bomba en la entrada que explosionaría en diez minutos para que no avisaran al 062.

29 de junio del 2008. La Guardia Civil detiene a un obrero colombiano, residente en Fuensaldaña, cuando trabajaba en Medina del Campo. Le acusan de participar en el atraco cometido el 25. 

30 de junio del 2008. El juez de Instrucción número 1 acuerda su ingreso en prisión provisional. 

25 de junio del 2009. El acusado, Daniel Ramos Hurtatiz, se sienta en el banquillo del Juzgado de lo Penal número 2. El fiscal y la acusación particular solicitan cinco años de prisión por un delito de robo con intimidación y uso de medio peligroso. Los testigos no le reconocen, las pruebas resultan endebles y la jueza decide ponerle en libertad ese día. 

29 de junio del 2009. La jueza absuelve al acusado al entender que los indicios contra él eran «endebles» y considerar probado que era «imposible que el imputado estuviera en el lugar del atraco en aquel momento». 

20 de noviembre del 2009. La Audiencia Provincial ratifica la absolución a raíz del recurso presentado por la Fiscalía. 

14 de mayo del 2010. La abogada del acusado reclama a la Administración de Justicia una indemnización por los perjuicios.

EL DATO 

10.830 euros se llevaron los dos hombres que perpetraron el atraco a mano armada a la sucursal de Cajamar de la Plaza Mayor de Cigales el 25 de junio del 2008. Uno de ellos está identificado pero, dos años después, sigue sin ser localizado. Del otro todavía se desconoce su identidad

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La Nación (Neiva, Colombia), 18/5/2010 ]

Huilense absuelto en España de un delito que nunca cometió

ANDRÉS FELIPE GONZÁLEZ
LA NACIÓN, NEIVA

Un huilense nacido en Guadalupe pasó 11 meses en la cárcel acusado de un delito que jamás cometió. Una jueza lo absolvió por falta de pruebas y ahora busca recuperar una vida que perdió.

Pagar cárcel por un delito que jamás cometió ha sido para Daniel Ramos Hurtatiz, un huilense nacido en Guadalupe y radicado en España, no sólo el mayor caso de injusticia vivido sino además la causa de una desgracia que ahora lo agobia.

Hace dos años, en junio de 2008, fue acusado de haber cometido un robo a mano armada contra una entidad bancaria en la ciudad de Valladolid, donde reside desde hace diez años. De acuerdo con indicios recaudados por las autoridades policiales, Ramos Hurtatiz fue enviado a prisión preventiva mientras se adelantaba su juicio; allí permaneció 11 meses.

Luego de este tiempo fue llevado a juicio y una magistrada encontró, luego de un respectivo reconocimiento de testigos y de la exposición de pruebas que en ningún caso lo vinculaban al delito, dejarlo en libertad de inmediato; y dos semanas después fue absuelto.

Pareciera entonces una historia feliz aunque con un mal comienzo; sin embargo, ésta fue solo una parte de la tragedia que ahora vive.

El huilense, quien luego de una década en tierras españolas había logrado estabilidad económica envidiable, con un trabajo digno y bien remunerado, con automóvil y apartamento propio, envío de euros para sus familiares en Colombia y una vida tranquila, vio cómo su castillo de naipes se derrumbó de repente.

Cronología de una tragedia

 El 25 de junio de 2008 los medios de comunicación en la provincia de Castilla reportaron la noticia del robo a mano armada a una de las sedes de la entidad bancaria Cajamar por el monto de 10.830 euros. El principal sospechoso del delito de robo con violencia e intimidación era un sujeto con iniciales D.H.R de nacionalidad colombiana y residente, según el testimonio de una mujer que vio los sujetos y reconoció a uno de ellos en el edificio Fuensaldaña, el mismo en el que vivía Ramón Hurtatiz.

Dos días después del hurto, Daniel fue interceptado por agentes de la Guardia Civil o Policía, quienes luego de solicitarle su documentación verificaron que el ciudadano colombiano no solo tenía los papeles en regla sino que además no tenía antecedentes judiciales.

Pero esto no fue suficiente para librarse de las acusaciones. A los siguientes dos días, 29 de junio de ese año, el juez de lo Penal número 2 concluyó certeros los indicios recaudados por los investigadores contra el colombiano y acordó emitir boleto de captura preventivo. Agentes de la Guardia Civil se desplazaron hasta su lugar de trabajo en Medina del Campo, un poblado distante 45 minutos de Valladolid, donde trabajaba como obrero de construcción, y en plena hora laboral lo detuvieron.

Daniel vio esta medida como producto de una confusión que se aclararía en los siguientes días, y sin poner resistencia accedió a la petición del juez.

Once meses transcurrieron hasta que el hombre de ahora 40 años, se sentó en la sala de audiencias para defenderse de su caso.

Durante aquel tiempo no sólo perdió su trabajo porque sus jefes consideraron que abandonó el puesto y además por el ‘prontuario’ delictivo adquirido, sino porque tuvo que empezar a vender lo poco que tenía para sostenerse y pagar los gastos de una abogada. Los bancos con los que tenía créditos empezaron a abrir cobros coactivos con responsabilidad penal y su estable vida económica se desmoronó.

Llegó la esperada fecha para Daniel: finales de mayo de 2009, cuando la jueza encargada del caso, la titular del Juzgado de lo Penal número 2, no dio crédito a las acusaciones en su contra. Ni los testigos reconocieron al sospechoso, sino que además las pruebas contra él eran totalmente endebles, sin indicios suficientes que demostraran su participación en el hecho.

La magistrada no esperó siquiera a dictar sentencia y ese mismo día ordenó la puesta en libertad inmediata del ciudadano huilense. Semanas después lo absolvió y en noviembre de 2009 la Audiencia Provincial, máximo órgano de la justicia en esa región, confirmó la sentencia. Daniel Ramos Hurtatiz volvió a ser un obrero más.

Tuvo que mentirle a su familia

 Pero Daniel Ramón no sólo tuvo que defenderse y demostrar su inocencia para intentar demostrar una vida que ahora avizora muy lejana, sino que además tuvo que mentirle a su familia en Guadalupe, Huila, para que no se enterara de su situación legal para evitar preocupaciones.

Durante esos 11 largos meses en los que pasó de tener lo suficiente y necesario a nada, prácticamente a “empezar de cero” como bien lo dice, Daniel tuvo que mentirle una y otra vez a su progenitora, a su hijo de 13 años y a sus hermanos.

Como era evidente, los primeros meses su familia se preocupó. Su familiar ya no llamaba con tanta frecuencia y el dinero que enviaba era menor. Cuenta a LA NACIÓN que tuvo que inventarle a su madre que le salió un trabajo largo en otra población, lejos de su pareja, por lo que ya no podía llamar tan seguido y ganaba menos.

Sin embargo, con el esfuerzo más grande seguía enviando las remesas para el sustento de su hijo y para ayudar a sus familiares.

Mientras eso ocurría, el huilense libraba otra batalla en la cárcel. Su condición de colombiano y sus marcadas facciones de inmigrante, lo hacían presa fácil de radicales racistas que le hicieron más amargos esos días.

Cada vez que podía y le interrogaban, se manifestaba inocente y pedía que consultaran a sus compañeros de trabajo pues ese día estaba a 45 minutos del lugar de los hechos trabajando en una construcción; en respuesta, era tratado de mentiroso.

En diciembre de 2008 Daniel Ramón vivió quizás uno de sus peores momentos. El sueño de tener a su hijo junto a él se había derrumbado en el momento que fue vinculado en el caso y tuvo que, con el corazón en la mano, decirle a su hijo que esa Navidad no sería para los dos.

Actualmente y luego de más de seis meses de tocar muchas puertas, nuestro personaje consiguió trabajo; nuevamente en construcción, con lo que espera ahora empezar a recuperarse económicamente y aliviar las deudas.

Su única esperanza es ahora lograr que el Estado español lo indemnice por toda la afectación económica y social que vivió a causa de su injusto encierro; una cifra que aún no ha valorado pero que estima puede estar por encima de los 300.000 euros. Ha golpeado muchas puertas reclamando la justicia que le ha sido esquiva, pero ni siquiera el consulado colombiano en Madrid le paró bolas. “Es muy duro porque en mi país nunca viví algo así y tener que sufrirlo acá, solo, sin el apoyo de nadie, es muy duro”.

En dos días Daniel, el segundo de cinco hermanos de la familia Ramón Hurtatiz, de Guadalupe, cumplirá diez años viviendo en España, un país que lo acogió y le permitió vivir sus mejores días, pero también los peores, y que ahora lo lleva solo a esperar recuperar algo de lo perdido y poder regresar a Colombia para abrazar a su familia. “Desafortunadamente ni todo el dinero del mundo repara lo que yo viví y perdí. (…) Si mi familia lee esto, pues me gustaría decirles que gracias a Dios estamos en la lucha, estoy bien, bueno de salud, no, pero bien y que de esta saldré, que no se preocupen”.



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El Norte de Castilla, 22/5/2010 ]

TRIBUNALES

El colombiano encarcelado por error reclama 71.177 euros a Justicia

La El obrero figura en las listas de morosos por el impago de sus préstamos durante su estancia en prisión

J. SANZ | VALLADOLID.

El obrero colombiano que llegó a pasar diez meses en prisión preventiva pese a la absoluta ausencia de pruebas contra él de la comisión de un atraco, y que fue puesto en libertad nada más celebrarse el juicio, reclama ahora el pago de una indemnización de 71.177,18 euros al Ministerio de Justicia por «los daños morales y patrimoniales sufridos».
Estos últimos son los más acuciantes para la víctima, Daniel Ramos Hurtatiz, al estar incluido en las listas de morosos por el impago de los préstamos que dejó de abonar durante su estancia en prisión -perdió el trabajo de inmediato- entre el 29 de agosto del 2008 y el 25 de junio del año pasado, cuando se celebró la vista del proceso en el que resultó absuelto.
La abogada que logró su doble absolución -el primer fallo del Juzgado de lo Penal 2 fue ratificado después por la Audiencia Provincial-, Marta Iglesias, recuerda cómo se incorporó a la causa un mes después de su detención consciente de la inocencia de su cliente. «Intenté conseguir su libertad provisional por todos los medios durante diez meses aportando pruebas que le situaban en su puesto de trabajo en Medina del Campo durante el atraco cometido en Cigales -el 25 de junio del 2008-», recuerda la letrada.

Sin trabajo y sin dinero

Pero el juez de instrucción sólo consideró los testimonios de los testigos presentes en el banco, invalidados después en las dos sentencias absolutorias, y mantuvo al entonces sospechoso diez meses en la cárcel. «Daniel perdió su trabajo; empezó a tener deudas con las entidades bancarias, a las que no adeudaba cantidad alguna hasta su ingreso en prisión; y, debido a la precariedad que atravesaba su pareja y a la acumulación de deudas, se vio obligado a vender su coche para que subsistiera su familia», resume su abogada defensora, que ni siquiera reclamó entonces sus honorarios.
Marta Iglesias considera que su cliente fue «víctima de una cadena de circunstancias que nunca debieron producirse», como fueron su identificación -errónea- en una rueda de reconocimiento por ser el único latinoamericano, según reconoció la testigo en el juicio, y «el hecho de no haber sido valoradas en su justa medida -hasta el día de la vista oral- las innumerables pruebas presentadas por esta defensa».
Los verdaderos autores del atraco nunca fueron detenidos a pesar de que uno de ellos sí fue identificado y, por casualidad, vivía en el mismo edificio de Fuensaldaña que el obrero colombiano. Éste fue el origen de la posterior cadena de errores que llevaron a Daniel Ramos, que carece de antecedentes, a pasar un calvario en la prisión.
Su abogada explica que el obrero ha vuelto a trabajar, pero lamenta que «no puede comprarse ni una lavadora al estar incluido en todas las listas de morosos por culpa de las deudas contraídas durante su encarcelamiento». De ahí su reclamación al ministerio. «Confiamos en llegar a un acuerdo y, si no, iremos al contencioso», concluye.



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