INFORME SOBRE EL CASO
ABDERRAZAK MOUNIB-AHMED
TOMMOUHI |
Tote Henares / Abril
2006
(Este
informe se ha elaborado a partir de los
sumarios en los que estuvo implicado Ahmed Tommouhi. La
información de la que
se ha dispuesto sobre Abderrazak Mounib es, únicamente, la
que consta en los
casos en los que fue juzgado junto con Tommouhi.
Los
casos se identifican por el nombre de la
localidad donde ocurrieron los hechos.
En
las transcripciones se han respetado las grafías
erróneas de los nombres árabes.
Se
han sustituido los nombres de las víctimas por
nombres ficticios).
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I.
INTRODUCCIÓN
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A finales de 1991, en diversas localidades de
las provincias de Barcelona y Tarragona, tuvo lugar una serie de
agresiones
sexuales y robos violentos. Las víctimas eran atacadas por
dos hombres, armados
con una pistola y un bate de béisbol, de noche y, en muchos
de los casos, en el
interior de sus coches. Según algunas víctimas,
entre ellos, hablaban en árabe.
El 11 de noviembre, en una reunión
de miembros de
la Policía
Judicial de las Comandancias de Barcelona, Tarragona, Manresa y IV Zona
de la
Guardia Civil, se confirmó la similitud de modus
operandi, número de autores,
descripción de los mismos, armas usadas,
vehículos utilizados y circunstancias concurrentes en las
víctimas, lo que
llevó a concluir que los autores eran los mismos en todos
los casos.
Esa
tarde se recibió un télex en la
Comisaría de Terrassa, con la descripción de
los agresores al tiempo que la dueña de la
pensión Agut, sita en esa población,
hacía entrega de la ficha de un marroquí, de 40
años, registrado en su
establecimiento. Con este único indicio,
la Policía acudió a la pensión en la
que se encontraban Ahmed Tommouhi y M.
Zaidani quienes fueron trasladados a la Comisaría.
Paralelamente,
la víctima de una violación ocurrida en La Bisbal
(Tarragona) y su acompañante
identificaron, como uno de los agresores, a Abderrazak Mounib, en una
fotografía mostrada, entre otras, por un sargento de la
Policía Judicial de la
431ª Comandancia de la Guardia Civil de Tarragona.
Al
día siguiente, martes 12 de noviembre, Tommouhi y Zaidani,
junto con A. Hamani
(alojado en la misma pensión) y cuatro personas
más, fueron presentados en
rueda de reconocimiento, en el Juzgado de Terrassa,
ante las dos víctimas de un robo con
agresión ocurrido en esa
ciudad. Una de ellas reconoció a Tommouhi como uno de los
agresores y a Zaidani
como el otro, aunque, con dudas respecto al último. El mismo
día, en distinta
rueda, Tommouhi fue reconocido por las dos víctimas de un
delito de violación,
ocurrido en Cornellá.
Ese
mismo día la policía registró la
pensión. No se encontró ninguno de los objetos
robados ni prueba alguna que pudiera relacionarlos con los delitos.
El
miércoles 13 de noviembre, en el mismo Juzgado y con los
mismos integrantes, se
organizó una nueva rueda a la que asistieron las
víctimas y acompañantes de, al
menos, diez sucesos diferentes de robos y/o agresiones sexuales. Un
total de
diecisiete personas de las que cinco (4 víctimas de tres
casos de violación y
un acompañante) identificaron a Tommouhi como culpable,
otras cinco tuvieron
dudas y las siete restantes no reconocieron a ninguno.
A
las 14,30 h de ese miércoles fue detenido, en Barcelona,
Abderrazak Mounib. El
día anterior había sido reconocido,
fotográficamente, por otras tres víctimas
de agresión sexual y el acompañante de una de
ellas.
El
14 de noviembre, en el Juzgado de Barcelona, Tommouhi, Mounib y tres
más son
sometidos a otra rueda de reconocimiento ante doce víctimas
que ya habían
participado en identificaciones anteriores. Cinco reconocieron, de
nuevo, a
Tommouhi y a Mounib; cuatro, sólo a Tommouhi; una tuvo dudas
y dos no
reconocieron a ninguno. (Ver
resumen de ruedas de
reconocimiento).
Abderrazak
Mounib y Ahmed Tommouhi fueron implicados, en mayor o menor grado y
como
mínimo, en los siguientes 12 casos:
Delito:
Violación y robo.
Delito:
Violación y robo.
Delito: Robo
con rehenes
Delito:
Intento de violación
Delito:
Intento de violación y robo.
Delito:
Intento de violación.
Delito:
Violación
Delito:
Violación.
Delito:
Sustracción de vehículo con
intimidación
Delito: Robo
con violencia
Delito:
Violación
Delito:
Violación
Mientras,
M. Zaidani implicado, en principio, en el caso de Terrassa y que
había sido
puesto en libertad, se personó el día 19 en el
Juzgado, estando Mounib y
Tommouhi ya detenidos, para informar de su intención de
viajar a otra ciudad.
Fue detenido y presentado el día 22, en rueda, de nuevo, a
las dos víctimas que
ya le habían visto en la primera rueda del día
12. Una de ellas, declaró que el
que más se parecía era Zaidani, pero que no
estaba segura.
El
2 de diciembre se localizó el vehículo Renault-5
utilizado en varios de los
delitos. Un individuo, cuya descripción coincidía
con la de uno de los autores
de los delitos, huyó al ser abordado por la
policía cuando intentaba acceder al
coche.
El
23 de diciembre, el Juzgado de Terrassa organizó otra rueda
de reconocimiento
en la que Tommouhi fue mostrado, por tercera vez, a las dos
víctimas del robo
de Terrassa quienes, también, habían visto a
Mounib, sin identificarlo, en la
rueda del día 14. Esta vez la víctima
reconoció a Tommouhi "sin ningún
género de dudas".
Finalmente,
Tommouhi y Mounib fueron juzgados, por cinco casos el primero y, por
cuatro el
segundo, siendo dos de ellos en común.
La
sentencias fueron las siguientes:
Poco
después de la última condena, entre abril y junio
de 1995, cinco mujeres
denunciaron, en las provincias de Barcelona y Tarragona, haber sido
violadas
por dos hombres que actuaban de igual manera a la descrita en las
violaciones
investigadas en 1991. Los asaltos se produjeron de noche,
sorprendiendo, dentro
sus vehículos, a parejas que eran golpeadas y robadas y, en
el caso de las
mujeres, violadas. Las descripciones que, de uno de los agresores,
hicieron las
víctimas eran coincidentes. Concretamente, una de ellas le
describía como de
aspecto norteafricano, grueso, con bastante barriga, papada, pelo
corto, de
unos 50 años, entradas pronunciadas y de 1,60 de estatura.
También coincidían
en que, entre ellos, hablaban una lengua que les parecía
árabe.
El 20 de junio fue detenido
Antonio García
Carbonell. Su gran parecido físico con Tommouhi y la
similitud en la forma de
las agresiones provocó una nueva investigación
sobre los sucesos del 91. En el
informe, elaborado por miembros de la 412ª Comandancia de la
Guardia Civil, de
Barcelona, se expresaban las dudas sobre la culpabilidad de Tommouhi y
Mounib y
se apuntaba la posible implicación de García
Carbonell en esos delitos. Algunos
de los hechos que les llevaban a esas conclusiones eran los siguientes:
A
raíz de este informe, la Fiscalía del Tribunal
Superior de Justicia de
Catalunya ordenó la localización de las muestras
orgánicas recogidas en los
casos del 91 para buscar ADN. Sólo se consiguió
en el caso de Olesa de
Montserrat. El Instituto Nacional de Toxicología (INT), de
Barcelona, en un
informe de fecha 14-5-96, confirmó la autoría de
García Carbonell y otro,
desconocido, con relación de parentesco con el primero. En
dictamen de 5-7-96
descartó cualquier coincidencia con los perfiles
genéticos de Tommouhi y
Mounib.
La
Fiscalía planteó un recurso extraordinario de
revisión y el Tribunal Supremo,
mediante sentencia del 24 de mayo de 1997, anuló la
condenatoria de la Sección
Quinta de la Audiencia de Barcelona.
El
7 de diciembre de 1998, los miembros de la Guardia Civil, R.
Benítez y M. A.
Naranjo, que habían participado en las investigaciones de
1991 y de 1995,
presentaron un nuevo informe a la Fiscalía, en el que
insistían en la inocencia
de Tommouhi y Mounib en los restantes casos por los que
seguían condenados.
El
Fiscal Jefe del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya,
José Mª Mena, solicitó
el 30 de abril de 1999 el indulto para ambos.
El
10 de marzo de 2000 el Tribunal Supremo denegó, a Abderrazak
Mounib, la
autorización para interponer un recurso de
revisión. En el auto de 30 de junio,
por el que se la denegó también a Tommouhi,
consideraba "el carácter excepcional
del Recurso de Revisión y los límites que nos
marca el propio artículo 954 de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal",
aun teniendo en
cuenta la aparición de datos "que nos pueden llevar a la
duda razonable pero no a la evidencia, por lo que una salida adecuada …, sería
la de iniciar la tramitación de un indulto".
El
26 de abril de 2000 murió, en su celda, Abderrazak Mounib.
Había mantenido seis
huelgas de hambre en reivindicación de su inocencia.
El
expediente de indulto, a día de hoy, sigue sin resolverse.
Desde
abril de 1999, ninguno de
los sucesivos gobiernos ha sido capaz de dar una respuesta. Dejar pasar
el
tiempo es lo único que se ha hecho ante una
situación causada, en parte, por un
ordenamiento jurídico que no permite la revisión
de la valoración de la prueba
y que provoca la extraña paradoja de que instituciones del
Poder Judicial
(Fiscalía, Tribunal Supremo) tengan que pedir, o recomendar,
un indulto como
"única salida legal posible" ante las "dudas razonables"
sobre
la culpabilidad y "por razones de equidad y justicia".
Se
pueden comprender los errores
de las víctimas en las identificaciones e, incluso, los de
las sentencias,
dictadas en fechas anteriores a la detención de
García Carbonell, pero, lo que
no es comprensible es que, ante la ausencia de un auténtico
Recurso de Revisión
y en aras del principio de seguridad jurídica, se ignore y
se perpetúe, la
terrible injusticia cometida con Ahmed Tommouhi y Abderrazak Mounib.
Una
visión global de todos los
casos en los que estuvieron implicados, que no se tuvo en el momento de
sentenciar en las Audiencias, sumada a los hechos conocidos
posteriormente,
hacen que las dudas razonables se conviertan en certezas razonables. El
análisis de los distintos sumarios lleva, además,
a la conclusión de que las
condenas nunca debieron producirse. La concatenación de
casualidades, errores e
irregularidades en las investigaciones y en las instrucciones de los
casos las
hicieron posibles.
El hecho de que los
acusados estuvieran implicados en otros
sumarios contaminó la teórica independencia de
los mismos, influyó en
decisiones tomadas durante la instrucción y, posiblemente,
influyó a la hora de emitir las
sentencias.
Sin
embargo, no ocurrió
lo mismo cuando se demostró su
inocencia en el caso de Olesa. El constatado error cometido por la
víctima al
identificar a Tommouhi y a Mounib no sirvió, a la justicia
española, como
prueba suficiente para el resto de los casos. Las condenas ya eran
firmes y la
carga de la prueba recaía sobre los acusados.
En la sentencia,
posteriormente anulada, de la Sección Quinta de
la Audiencia de Barcelona se daba credibilidad a las identificaciones y
se
argumentaba: "Dichas ruedas al
haber sido ratificadas categóricamente por [Elena] en el
curso de toda instrucción
y en el acto del juicio oral, donde repetidamente manifestó
que ‘vió claro que
eran estas dos personas’ y ‘que no ha tenido nunca
ninguna duda de que los
procesados son los autores de los hechos’, demuestran su
autoría…"
… "resulta
creíble y fiable la manifestación de
ésta cuando
narra, que es buena fisonomista…"
Esta
argumentación quedó refutada por los
análisis de ADN. Este
informe pretende demostrar que las
argumentaciones del resto de las sentencias condenatorias fueron,
también,
erróneas.
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II. ANÁLISIS DE HECHOS RELATADOS EN LOS
DISTINTOS SUMARIOS
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• DETENCIONES
El único
indicio que llevó a a la policía a detener a
Tommouhi fue
el hecho de ser marroquí y tener 40 años.
El télex
que motivó que la Policía visitara la
pensión Agut, donde
se hospedaba Tommouhi, sin antecedentes de ningún tipo,
describía a los autores
de las violaciones de Cornellá y los relacionaba con las
violaciones de La
Bisbal y La Secuita ya que se había usado el mismo coche. En
el télex se leía:
"Los autores son:
A)
De 40-45 años de edad, 1,65 a 1,70 m de estatura,
complexión normal, puede que
algo obeso, pelo castaño oscuro (puede tener entradas
manifiestas), liso y
corto, ojos achinados, pequeños, color marrón
oscuro, habla español con acento.
B) De 20-25 años de edad, de 1,70-1,73 m
de estatura, complexión normal, pelo negro, liso y corto,
cara redonda (al
igual que el anterior), cicatrices en la cara de haber sufrido la
viruela o
similar, ojos pequeños, cejijunto y pobladas, no habla
español, al parecer ambos
son morenos, si bien el joven lo es en particular."
Uno de los
policías, que participó en su
detención, declaró, en el
juicio de Tarragona: "Que detuvieron a
Ahmed Tummuch en Terrassa, a causa de la llegada de un
télex, en los que se
anunciaba unas características de unos agresores y en ese
momento llegó una
señora de una pensión con los datos de un
marroquí, los que coincidían con los
datos del télex, por lo que fueron a la pensión y
al ver a los ocupantes de la
vivienda, que coincidían con los datos del télex
los detuvieron".
Otro agente que,
también, intervino en la detención dijo: "Que
en principio fue a ver si las características del
télex
correspondían con las de los huéspedes y por ello
los detuvo, al ver la
semejanza…Que le presentaron dos fichas y el
télex hablaba de dos personas y
que el mejor descrito era el de 40 años aproximadamente."
Mounib fue
identificado por una fotografía que conservaba la
Guardia Civil de una ficha policial a raíz de una
detención, cuyo motivo no
está claro, ocurrida en 1987, sin consecuencias judiciales.
Aunque en la
diligencia de la Guardia Civil de Tarragona, en la que se da constancia
del
reconocimiento efectuado por Rosa y José, se significa que
Mounib “tiene antecedentes
con fecha 11 de abril de 1987 por Abusos
deshonestos” no se
especifica que fueron policiales y que no llegaron a
juicio. En la sentencia se confirma que carecía de
antecedentes penales. Según
parece los “abusos deshonestos” consistieron en una
bajada de pantalones, en la
vía pública, estando ebrio.
Durante el juicio
José quien, junto con su pareja Rosa, fueron los
primeros en identificar a Mounib, declaró que "en
el primer reconocimiento fotográfico sólo le
exhibieron 5 ó 6 fotos y luego se
personó en su casa el agente López, con un
álbum con más de 10 fotografías y
allí vió a uno de los autores, que el
reconocimiento se efectuó conjuntamente
con [Rosa] que estaba en su casa en aquel momento."
Es decir que,
coincidendo prácticamente en el tiempo, y en gran
parte, gracias al azar, se llegó a la detención
de dos peligrosos delincuentes
sin que, previamente, hubiera ninguna conexión entre ambas.
No se pudo
demostrar que Mounib y Tommouhi se conocieran. Tommouhi
vivió, hasta tres días
antes de su detención, en S. Feliú de Guixols
(Gerona) y Mounib vivía en
Barcelona. Tommouhi procedía de Nador, que está a
más de 300 km de Fez, de
donde procedía Mounib.
•
RUEDAS
E IDENTIFICACIONES
La única
prueba que se
pudo esgrimir, en todos los casos, en su contra fueron las
identificaciones
hechas por algunas
de las víctimas. Un
mínimo de 21 personas llegaron a ver a Tommouhi en rueda.
Respecto a las
identificaciones, dejando aparte de momento, las
circunstancias concretas de cada caso, se pueden constatar los
siguientes
hechos:
-
Las víctimas que participaron en la rueda del 13 de
noviembre de 1991, en el
Juzgado nº 8 de Terrassa, vieron a Ahmed Tommouhi unos
instantes antes de que
se celebrara la rueda. Tommouhi fue trasladado, esposado, a
través del pasillo
donde esperaban las víctimas. En la rueda de ese
día participaron diecisiete
personas. Este hecho consta en el informe de la Guardia Civil de enero
de1996.
(documento
nº 2
). De las diecisiete personas, tan sólo cinco, identificaron
con cierta
seguridad a Tommouhi.
-
En la rueda realizada en Barcelona, el 14 de noviembre, Tommouhi era el
único
"sin bigote y de complexión gruesa"
. Así lo hizo constar su abogado y ratificó una
de las víctimas (Marta, caso
Cornellá) en el juicio.
-
Entre las víctimas que los reconocieron hubo discrepancias
en cuanto a sus
características físicas, sobre todo, en el
bigote. Las dos primeras víctimas
que identificaron a Mounib (Rosa y
José, caso La Bisbal), según
consta en el acta de
reconocimiento fotográfico, manifestaron: "Que
reconoce como autor de tales hechos pero sin
bigote al individuo que figura en el
álbum….". Esas
mismas personas, en la rueda del día siguiente
identificaron, también, a
Tommouhi quien no tenía bigote.
No fueron las
únicas con dudas semejantes: Josefa R., víctima
en
uno de los casos de Villafranca identificó a Mounib, en
reconocimiento
fotográfico, el 12 de noviembre. El día 13
identificaba, también, a Tommouhi
"haciendo constar que
podría ser si llevara bigote".
La
identificación hecha por Rosa y José
provocó que Abderrazak
Mounib fuera relacionado con el resto de los casos sin que se tuvieran
en
cuenta las dudas sobre la propiedad del bigote.
-
Tommouhi fue visto en rueda, hasta en tres ocasiones, por la
mayoría de las
víctimas que le reconocieron. Sus testimonios fueron ganando
firmeza en las
sucesivas ruedas. Todas las que
le
reconocieron en la rueda del día 14, en Barcelona, ya le
habían visto en la del
día anterior.
La
identificación de la única víctima que
vió a Mounib, por
primera vez en esa rueda del 14, y le reconoció, al igual
que a Tommouhi, quedó
refutada por los análisis de ADN de 1996.
-
Todas las víctimas vieron a sus agresores en unas
circunstancias que hacen
comprensibles sus errores: lugares oscuros, a veces deslumbradas por
linternas,
en otras con la cara tapada y, en todos los casos, amenazadas y
agredidas.
• INVESTIGACIONES
E INSTRUCCIONES
- Varias
víctimas declararon que los agresores hablaban una lengua
extraña, que podría
ser árabe e, incluso los agresores, en alguna
ocasión, afirmaron serlo. Una de
las mujeres relató que uno de ellos le había
dicho que eran marroquíes y que
hablaban en "saja"; su
pareja afirmó haber escuchado, repetidamente, la palabra "ashmedi". Se
aceptó el hecho de que los agresores eran
marroquíes, sin cuestionarse la capacidad de las
víctimas para identificar ese
idioma. Hubiera sido fácil comprobar que no existe, en
Marruecos, ningún
dialecto que se denomine "saja" y que la palabra "ashmedi"
no tiene ningún significado en árabe ni en el
bereber hablado en el norte de
ese país.
Cuando fue detenido
García Carbonell se comprobó que éste,
de
etnia gitana, utilizaba expresiones del romaní.
- Ahmed Tommouhi,
analfabeto, cuya
lengua materna es el bereber, habla algo de árabe y, en esas
fechas, tenía unos
rudimentarios conocimientos de español, no tuvo
intérprete en los primeros
días. Según declaró, en juicio, uno de
los policías que participaron en la
detención de Tommouhi y Zaidani "al
principio decían unicamente "no entender" y se negaron a
declarar.
Que les hizo saber sus derechos, aunque sin
intérprete.". Otro
policía manifestó: "Que
se le leyeron sus derechos y los entendió perfectamente, que
se los leyó el
subinspector. Que no intervino ningún intérprete."
La
conculcación del derecho a tener un intérprete
merece una
curiosa interpretación en la sentencia del caso de Olesa,
que dice: "En cuanto al hecho
aparentado de que el procesado Ahmed
Tommouch desconoce el idioma español, hasta el punto de
precisar de intérprete
en el acto del juicio oral y en su declaración indagatoria,
lo que resulta en
una primera impresión incompatible con la
afirmación de [Elena] de que este
procesado se dirigía a ellos en español
…, tal apariencia no merece
credibilidad, pues no consta que Ahmed
Tommouhi en sus dos primeras declaraciones ante el Juzgado de
Instrucción
(Terrassa (f.90) y Barcelona) precisara
o solicitara intérprete…"
Sobre el
desconocimiento del idioma español por parte de Tommouhi
(idioma en el que hoy día, se comunica con dificultad), la
víctima del caso de
Terrassa, Nuria, hace, en el juicio, el siguiente comentario: "Dice
que no pero hablaba perfectamente el castellano". Y,
también, el Juez da validez a esta aseveración
basándose en las declaraciones
efectuadas sin intérprete.
Resulta
extraña la interpretación que hacen los jueces:
Si las
características del sospechoso no coinciden con las
descritas, se le cambian
las características al sospechoso. Igual que les
ocurría a algunas víctimas,
durante los reconocimientos, que cambiaban al bigote de
dueño. Pero ¿cómo se
puede demostrar el desconocimiento
de un idioma? El
tiempo lo ha
demostrado, a no ser que se crea en la eficacia de Tommouhi en fingir
durante
más de catorce años. No necesitó tanto
tiempo el Juez de Instrucción de Gavá ya
que, en el acta de declaración de Tommouhi de 14-12-91 ante
ese Juzgado, se
manifiesta: "Abierto el acto
por S.Sª, e intentando hacer comprensible al imputado sus
derechos
constitucionales, manifiesta el mismo no entender ni español
ni francés, sino
solo bereber. Con asistencia de Letrado se intentan hacer comprensibles
sus
derechos al mismo y dado que este patentiza no comprenderlos y solicita
se le
nombre un intérprete…Su Sª acuerda la
suspensión del presente acto en tanto no
se presente un intérprete adecuado."
El no haber ejercido,
en un principio, su derecho a un intérprete,
sin que conste que le fuera ofrecido, se volvió en su contra.
-
En diligencia de la policía de Terrassa, tras la rueda del
día 12 consta que
"se llevó a
cabo la correspondiente rueda
de detenidos en las que [Pedro] y su novia [Nuria] reconocieron
a los individuos (Tommouhi y Zaidani) como los autores de los hechos".
Según
consta en el acta de la rueda lo que, realmente, Nuria
manifiestó fue "Que cree que uno
de los imputados es el 5º empezando por la izquierda (Tommouhi) y el 3º (Zaidani)
le parece que puede ser el que pegó a su novio." Cambiado
el orden de los integrantes de la rueda "Que
reconoce al 3º por la izquierda (Tommouhi) con toda seguridad
y
además fue el que le apuntó con una pistola y el
7º (Zaidani) cree según le ve
que pueda ser el acompañante (una palabra ilegible) que no
puede asegurarlo que
en esta postura de perfil le sirve para
afirmar con más seguridad porque así
es como les vió."
Pedro
declaró en el juicio, en el que fue condenado Tommouhi, que
"en la rueda no pudo reconocer a ninguno de los dos".
Esa primera rueda, de
la que al dar cuenta en la diligencia se
aumenta, erróneamente, el número de
reconocimientos en un 50%, provocó que Tommouhi
fuera relacionado con el resto de los casos.
-
En la mayoría de los casos no se tomaron muestras para
analizar lo que impidió
que se pudiera confirmar su inocencia. En concreto, en el caso de La
Bisbal,
hicieron un lavado vaginal a la víctima sin haber recogido
muestras. En el de
Cornellá, en el que sí se habían
analizado unas manchas de semen y sangre, se
desestimó el resultado de los análisis, que
exculpaban a Tommouhi, ya que
"la remisión de las ropas de
[Marta]
para su análisis por el Servicio Central de
Policía Científica, no fue acordada
por el Juez de Instrucción, sino que fue la propia Policia,
quien acordó su
remisión…".
Estos errores se
volvieron en contra de los acusados que no
pudieron someterse a los análisis que ellos mismos
reclamaban.
-
En el único caso (La Bisbal) que consta que se compararan
las huellas,
encontradas en el interior del coche en el que se produjeron la
violaciones, se
descartó que pertenecieran a Tommouhi o a Mounib.
-
El vehículo utilizado en la mayoría de los
asaltos, un Renault-5 con matrícula
robada, B-7661-FW, fue utilizado con posterioridad a las detenciones de
Tommouhi y Mounib. Según los informes de la Guardia Civil
este coche fue
localizado el 2 de diciembre, tras haberse usado, al menos, en un
atraco ocurrido
el 16 de noviembre. Un hombre, con unas características
físicas como las
descritas por la víctimas, intentó subir al coche
y huyó al ser abordado por la
policía. En el interior del coche se encontraron un bate de
béisbol, una
pistola simulada y varias placas de matrícula robadas.
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III.
ANÁLISIS
DE LOS CASOS
QUE LLEGARON A JUICIO
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[ Sólo se han incluido aquellos casos en los que figuró como acusado Ahmed Tommouhi ]
CON SENTENCIA
CONDENATORIA:
•
Caso
Cornellá >
•
Caso
Terrassa >
• Caso Olesa
•
Casos La
Secuita y La Bisbal >
CON
SENTENCIA
ABSOLUTORIA:
•
Caso
Viladecans >
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IV.
CONCLUSIÓN
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Sintetizando, al máximo, tenemos
que dos
personas, sin antecedentes, y sin que se pueda demostrar que se
conocieran con
anterioridad, son implicadas en doce casos de agresiones y violaciones.
Uno de
los acusados (Tommouhi) es juzgado por cinco de ellos y el otro
(Mounib) por
cuatro, siendo co-acusados solamente en dos de los juicios. Sobre
Tommouhi
recaen cuatro sentencias condenatorias y una absolución;
sobre Mounib, otras
cuatro condenas, una de ellas menor. Una de las sentencias, que
condenaba a
ambos por violación, es anulada por el Tribunal Supremo tras
demostrarse,
mediante el ADN, su inocencia.
Todas las sentencias, incluyendo la
posteriormente anulada, se basaron, exclusivamente, en las
identificaciones de
las víctimas. Estas identificaciones se realizaron de forma
irregular como
quedó demostrado. Las declaraciones de las
víctimas, durante las instrucciones
y durante los juicios, evidenciaron una gran confusión y
contradicciones en los
relatos y en las descripciones de los agresores. Los datos
físicos de los
agresores se fueron adaptando a los de Tommouhi y Mounib,
llegándose a
intercambiar en numerosas ocasiones.
Todas las pruebas restantes, que apuntaban a
su inocencia, fueron desechadas con variopintas argumentaciones.
Con posterioridad a las sentencias se
demostró que, al menos, una de las violaciones
había sido cometida por una
persona de gran parecido físico con Tommouhi.
¿Qué hubiera ocurrido
de haberse podido
repetir los juicios, una vez conocidos todos los hechos en su conjunto,
y haber
valorado, nuevamente, las pruebas?
Nuestro sistema judicial hace imposible
saberlo. Lo que sí es posible es la concesión
inmediata de un indulto
solicitado, hace ya siete años, por el Fiscal Jefe de
Cataluña y recomendado
por el Tribunal Supremo.